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Memoria Histórica

El Supremo archiva la denuncia contra Rita Barberá por no retirar la simbología franquista

La denuncia se centraba en un presunto delito de desobediencia a la Ley de la Memoria Histórica. Es la misma línea jurisdiccional que se ha seguido con otros aforados que también eran alcaldes

Rita Barberá, en una fotografía de archivo. / EFE

Rita Barberá, en una fotografía de archivo.

Madrid

En la denuncia se detallaba que al no haberse cumplido con la Ley de la Memoria Histórica, Barbera podía haber incurrido en un delito de desobediencia y denegación de auxilio y de forma subsidiaria, una falta contra el orden público.

El Alto Tribunal destaca en su fallo que la Ley de Memoria Histórica de 2007 recoge la obligación genérica de las Administraciones Públicas de adoptar medidas tendentes, entre otras cosas, a la retirada de objetos conmemorativos de la Guerra Civil y de la dictadura franquista.

Sin embargo, en la denuncia no se relata que se hubiese dado una orden directa y expresa a la entonces alcaldesa de Valencia Rita Barberá para que tomara medidas y retirara esos símbolos, como tampoco consta que la denunciada se hubiese negado a cumplir esa orden previa.

En su fallo de archivo, la Sala de Lo Penal va más al detalle y señala que “ambos elementos, la existencia de una orden expresa y la negativa posterior a su cumplimiento, resultan necesarios para apreciar el delito invocado, es decir, para otorgar relevancia penal a los hechos”.

 
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