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ACCIDENTE DE SPANAIR EN BARAJAS

La Audiencia de Barcelona descarta el baremo de tráfico para indemnizar a las víctimas del accidente de Spanair

La sala corrige la decisión de primera instancia y se apoya en la normativa internacional para incrementar las indemnizaciones a los familiares de una víctima del vuelo JK5022

Accidente de un avión de Spanair al despegar de Barajas el 20 de agosto de 2008.(EFE)

Accidente de un avión de Spanair al despegar de Barajas el 20 de agosto de 2008.

Madrid

Es la primera sentencia de una Audiencia Provincial sobre la indemnización a familiares de un pasajero y ha acogido la reivindicación de la asociación de víctimas del accidente de Spanair, del que se cumplirán ocho años el próximo día 20.

Los familiares de las víctimas siguen pendientes de las indemnizaciones
Los familiares de las víctimas siguen pendientes de las indemnizaciones

<p>Los juzgados de Canarias, Madrid, Barcelona y Málaga han aplicado hasta ahora el baremo de tráfico.</p>

La Audiencia de Barcelona aparca el baremo para los accidentes de tráfico. Los magistrados aplican el Convenio de Montreal y la normativa comunitaria que contempla mayores indemnizaciones para las familias de los 154 muertos y 18 heridos que embarcaron en el vuelo JK5022, Madrid-Las Palmas de Gran Canaria.

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La sala, por unanimidad, corrige la decisión del juzgado de lo mercantil número 8 de Barcelona que había impuesto a Mapfre una indemnización de casi 350.000 euros para los padres y la hermana de una de las víctimas del siniestro. En aquella sentencia, el juez aplicó el baremo de tráfico incrementado en un 50% y reprochaba al legislador que "no haya optado por crear una normativa para accidentes aeronáuticos".

La Audiencia de Barcelona, sin embargo, eleva la indemnización (según cálculos de la defensa) por encima de los 600.000 euros. "No podemos compartir que el criterio objetivo al que acudir sea precisamente el baremo del automóvil porque existe otro más próximo y valioso", dice la sala, que añade que "este también es un baremo legal y su aplicación es obligatoria y no un mero criterio de interpretación legal como constituye el baremo del automóvil cuando se pretende que sea aplicado fuera de su ámbito estricto y objetivo de aplicación".

Se refiere al reglamento comunitario con el que es posible para los familiares "obtener un resarcimiento mayor si acreditan el daño, tanto personal como material, efectivamente sufrido como consecuencia de la pérdida de su familiar".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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