Economia y negocios

Los interinos han de acceder a los incentivos salariales como los funcionarios, según Europa

Nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que considera discriminatorias las diferencias entre funcionarios e interinos establecidas en las leyes españolas

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Madrid

Si a mediados de mes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reprochaba a España prácticas discriminatorias en la indemnización por despido entre interinos, contratados temporales y contratados indefinidos, esta vez cree que las normas españolas establecen diferencias arbitrarias y, por tanto, contrarias a la normativa europea en materia de acceso a los incentivos salariales.

El caso que ha llegado a Europa ha sido el de un interino, profesor en varios centros educativos públicos de Asturias, que quería participar en el Plan de Evaluación de la Función Docente, una adhesión que da acceso a un complemento salarial. Este profesor fue rechazado por la Consejería de Educación con el argumento de que al plan sólo podían adherirse los funcionarios de carrera, no los interinos.

El Tribunal Europeo ha resuelto igual que en el caso de la indemnización por despido: es discriminatorio no permitir el acceso a esa retribución extra a los interinos, no hay “razón objetiva” por la que ellos no puedan acceder a ese incentivo y los funcionarios de carrera sí. La sentencia afecta al caso concreto y a la ley asturiana, pero puede alegarse en favor de los interinos en casos parecidos en cualquier otro lugar de España con una normativa similar.

 
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