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Nuevo frente contra cláusulas abusivas: el Supremo pregunta a Europa qué hacer con los intereses de demora en hipotecas

El Supremo plantea una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre los intereses de demora considerados abusivos en una hipoteca o préstamo bancario: pregunta la línea roja del 2% de interés aplicada hasta ahora es correcta

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Madrid

El Tribunal Supremo considera que un interés de demora superior al 2% debe ser considerado como abusivo, pero ha decidido llevar el caso ante la justicia europea para que ponga encima de la mesa su criterio definitivo. El alto tribunal ha decidido remitir una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que indique si este criterio del dos por ciento es el correcto, y también pregunta por las consecuencias de esa abusividad.

En diversas sentencias dictadas desde 2015, el Tribunal Supremo ha decidido tumbar cláusulas de hipotecas que marcaban unos intereses superiores al 2% por encima del interés remuneratorio habitual, recargos considerados excesivos que se aplicaban cuando alguien dejaba de pagar su hipoteca: por ejemplo, el pasado mes de junio la sala de lo civil anuló una cláusula de una hipoteca que establecía unos intereses de demora de casi el 20%.

Ante el criterio dispar desplegado por algunas audiencias provinciales, el Tribunal Supremo ha decidido preguntar al TJUE para que indique si su doctrina es contraria a la normativa europea.

Pregunta en primer lugar si esa línea roja del 2% de recargo por encima de los intereses a la hora de considerar los intereses como abusivos son correctos. Pide también al TJUE que aclare si una vez declarado abusivo el interés de demora también debe devolverse el dinero al cliente por sus intereses habituales de la hipoteca. Pide el alto tribunal que su pregunta sea acumulada a la de otros jueces españoles y que se tramite como un procedimiento acelerado "puesto que los afectados son muy numerosos y son miles los litigios existentes ante los tribunales españoles" sobre esta cláusula.

La cuestión prejudicial viene dada por un préstamo de casi 18.000 euros concedido en 1999 por la Caja de Ahorros del Mediterráneo a un hombre para pagar la casa de la familia. La cláusula sexta de su hipoteca establecía que si no pagaba una cuota con retraso el interés pasaría del 4,75% al 25% anual. El cliente solicita recuperar no sólo lo que pagó de más con estas cláusulas abusivas sino también todo el dinero pagado en intereses.

 
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