Tribunales
Caso 9-N

Un "desafío completo" al Constitucional

La Fiscalía pide nueve años de inhabilitación para el diputado del Partit Demòcrata Catalá, acusándole de promover de forma activa la desobediencia al Tribunal Constitucional y sacar adelante la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014

Lluis Gene ACN

Madrid

"Francesc Homs i Molist articuló una estrategia de desafío completo y efectivo a la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional". Esta frase resume el escrito de veinticuatro páginas con el que la Fiscalía pide inhabilitar durante nueve años al diputado del Partit Demócrata Catalá por su papel, entonces como alto cargo de la Generalitat, durante la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014.

Escrito de la Fiscalía que pide 9 años de inhabilitación para Homs por organizar la consulta del 9-N. / CADENA SER

Francesc Homs era entonces el hombre fuerte del entonces president Artur Mas y ejercía como Conseller de Presidencia y portavoz del Govern catalán. En el juicio que comienza este lunes en los salones del Tribunal Supremo, la Fiscalía le acusa de haber actuado de forma coordinada con Mas y otros miembros del ejecutivo catalán buscando la “total ineficacia” de las negativas exprés del Tribunal Constitucional a seguir adelante con una consulta que se terminó llevando a cabo.

El resto de sus entonces compañeros de gobierno ya se han sentado en el banquillo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a casi 600 kilómetros, pero con los mismos hechos bajo la lupa de los jueces: la supuesta desobediencia a la resolución del Tribunal Constitucional que cinco días antes de la consulta prohibió tajantemente llevarla a cabo, tumbando sin matices todos los preparativos.

Los cinco indicios contra Homs

Para la Fiscalía, son cinco los momentos que delatan a Francesc Homs. Cinco acciones llevadas a cabo, por acción u omisión, en el marco de sus competencias como Conseller de Presidencia y portavoz del Govern, y por tanto “máximo responsable” de sus servicios jurídico, de la coordinación entre departamentos, así como de la comunicación, y la publicidad institucional.

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Estructura informática: según la Fiscalía, en los dos días anteriores a la consulta, Francesc Homs tuvo un papel “crucial” para sacar adelante la parte informática de la consulta. La empresa privada encargada de instalar los programas informáticos necesarios para la votación en 7.000 ordenadores expresó al contratista, el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información dependiente del departamento de Homs, sus dudas sobre la viabilidad del evento tras la resolución contraria del Constitucional. Fue el propio Homs, según la Fiscalía, quien se dirigió por carta al presidente de este CTTI para impulsar los trabajos “señalando que no estaban afectados por la providencia” dictada por el tribunal de garantías dos días antes.

Centro de prensa: explica el escrito de la Fiscalía que fue el departamento de Homs el que contrató a una empresa para acomodar un pabellón en Montjuïc e instalar el centro de prensa internacional para seguir los resultados de las votaciones. Un correo de una empleada de la subcontrata que al final realizó el trabajo supuestamente pidió cambiar la fecha a los presupuestos para que figurasen como firmados antes de la resolución del Constitucional.

Reparto de papeletas: el Departamento de Presidencia que dirigía Homs cedió, supuestamente, los datos de un fichero de titularidad pública a la empresa encargada de buzonear masivamente la correspondencia oficial de la convocatoria. Una distribución que empezó un día antes de la resolución del Contitucional pero que siguió días después “sin que se efectuara por Francesc Homs indicación alguna para su paralización”.

Publicidad institucional: el departamento que dirigía Homs contrató una campaña publicitaria para “fomentar la participación” con una campaña institucional en prensa, autobuses, cartelería e internet. Una campaña que empezó en octubre pero que siguió tras la orden de paralización del Tribunal Constitucional “sin que el acusado Francesc Homs realizara acto alguno para su suspensión hasta el día de la votación”.

Difusión gratuita en radio: por último, la Fiscalía destaca que fue el propio Homs el que se dirigió por carta al Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) para abrir expedientes sancionadores a las radios privadas que se habían negado a difundir de forma gratuita esta campaña informativa sobre la convocatoria a las urnas.

La Fiscalía concluye: “Llegado el día 9 de noviembre de 2014 la votación, como es notorio, tuvo efectivamente lugar”. Todo “bajo el control directo de la administración autonómica”, y siendo Homs, según el escrito de acusación, “plenamente consciengte de que con su actuación quebrantaba el obligado acatamiento a la decisión del Constitucional. Homs habría impulsado “activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria” después del 4 de noviembre, con Artur Mas habiendo dado acuse de recibo al presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, de la resolución que incumplían.

Dos delitos en concurso ideal

Para la Fiscalía, todas las acciones de Francesc Homs que contribuyeron al desarrollo del 9N se traducen en dos delitos: prevaricación administrativa y desobediencia grave cometido por autoridad pública. El primero, según el Código Penal, se refiere a los cargos públicos que “a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”, y se refiere en este caso a todas las órdenes supuestamente dadas por Homs en el marco de la consulta. El segundo habla de los que “se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales” y alude al supuesto caso omiso que habría hecho Homs de las resoluciones del Constitucional que prohibían expresamente la consulta.

La Fiscalía entiende que ambos delitos deben considerarse en concurso ideal y pide nueve años de inhabilitación: de forma subsidiaria, en caso de que los jueces decidan penar cada delito por separado, piden siete años y seis meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros, además de que Homs tenga que pagar las costas del proceso judicial. El Ministerio Público aplica la redacción del Código Penal de 1995 por ser más beneficiosa: tras la modificación de 2015, la prevaricación está penada con hasta quince años de inhabilitación.

 
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