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Refugiados

Los 28 no están obligados a aceptar las peticiones de asilo que los refugiados presenten fuera del suelo de la Unión

La justicia europea establece únicamente los procedimientos y las condiciones para la expedición de visados para tránsito o estancias previstas en el territorio de los Estados miembros no superiores a 90 días

"Una tristísima noticia", dice Estrella Galán, del Comité Español de Ayuda al Refugiado en la Cadena SER

Un momento de la concentración frente al Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid para exigir la acogida de refugiados / Luca Piergiovanni (EFE)

Un momento de la concentración frente al Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid para exigir la acogida de refugiados

Bruselas

El derecho europeo no obliga a los gobiernos a entregar visados aunque quien los pida esté amenazado, porque las leyes de la UE no crean ninguna obligación en este tema sino que se limitan a precisar el formato y las maneras en las que el procedimiento se debe realizar.

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Un desengaño grave para las Organizaciones Humanitarias que han apoyado a la familia siria que desde Alepo intentó conseguir protección temporal pasando por el consulado belga de Beirut.

El consulado belga en Líbano recibió la demanda en octubre del 2016. La Oficina de Extranjeros de Bélgica rechazó la demanda pocos días después. El argumento era que el único visado que pueden entregar los consulados, para 90 días, no era el adecuado ya que la familia afectada, con tres niños pequeños y una horrible experiencia de secuestro y tortura del padre. Reclamaría en Bélgica un visado nuevo para, argumentando razones humanitarias, prolongar el tiempo de su estancia.

La oposición de Bélgica a aceptar la tramitación de este visado, llevó este fin de semana al secretario de Estado de Inmigración a advertir que, según la sentencia, podrían cerrar los consulados en zonas de conflicto.

Una opción contra la que se movilizan las Organizaciones Humanitarias en Bélgica y también en España, donde el Comité de Ayuda al Refugiado pide que los gobiernos acepten tramitar directamente visas humanitarias desde los consulados.

Una opción que, vía judicial, parece hoy aparcada aunque este caso no es el único sobre el que debe pronunciarse el Tribunal Europeo de Luxemburgo.

 
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