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Ferraz insta por burofax a Pedro Sánchez a acatar sus reglas

El informe jurídico de Ferraz alerta de posibles sanciones e incluso delitos tipificados en el Código Penal si se vulneran las reglas para obtener fondos

El equipo de Pedro Sánchez tiene intención de mantener su plataforma de 'crowdfunding' a pesar del informe jurídico de Ferraz en el que se detallan las obligaciones legales del partido

Javier Lizón (EFE)

Madrid

Por burofax. La semana pasada, el gerente de Ferraz envió una carta a Pedro Sánchez, Patxi López y Susana Díaz para informarles de su decisión de que el partido centralizase sus recaudaciones y gastos a través de cuentas compartidas y ahora, después de que el exlíder del PSOE haya decidido que mantiene su plataforma de crowdfunding, la dirección federal deja constancia de cuáles son las reglas del juego a través de un burofax que va a enviar este miércoles a todas las candidaturas. En él, explica cuáles son los mecanismos legales para la financiación de sus actividades. Ferraz sostiene su argumentación en un informe jurídico que estuvo este martes sobre la mesa de la reunión de la gestora con las candidaturas, al que ha tenido acceso la Cadena SER. Entre otras consideraciones, el texto alerta de que "la vulneración de las reglas relativas a la obtención de donaciones puede llevar aparejadas severas sanciones e incluso pueden ser constitutivas de delitos" previstos en el Código Penal.

El informe, con fecha del 17 de marzo, lo firma Diego Marín-Barnuevo Fabo, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Autónoma de Madrid que ha asesorado tradicionalmente a Ferraz en estos asuntos. Son 32 páginas en las que el autor alerta de que caben sanciones a través de la Ley General Tributaria (a las asociaciones que realizan actividades en nombre de los precandidatos), por parte del Tribunal de Cuentas (el sujeto infractor sería el partido político que incumple la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos) e incluso sanciones "más severas", de carácter penal, para quienes "participen en estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza" cuya finalidad sea financiar a los partidos al margen de la ley. Según recuerda el documento, el Código Penal tipifica una serie de delitos directamente relacionados con la financiación de partidos políticos. Se considera financiación ilegal "entregar o recibir por un partido político, federación, coalición o agrupación de electorales donaciones anónimas, finalistas o revocables, procedentes de la misma persona superiores a 50.000 euros anuales o procedentes de personas jurídicas. "De especial gravedad", añade el texto, son las "donaciones anónimas, finalistas o revocables o precedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica de importe superior a 500.000 euros o de más de 555.000 de una misma persona".

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Marín-Barnuevo relata en el texto los principales hitos del PSOE desde el Comité Federal del 14 de enero en el que se dio luz verde al calendario congresual hasta que el 2 de marzo la Asociación Bancal de Rosas (presentada por el equipo de Pedro Sánchez) inició una campaña de captación de fondos y reconoce que no existe regulación de la figura de los precandidatos en el PSOE.

La actuación de esos precandidatos, según este informe, "en tanto dirigida a su elección como secretario general del PSOE no debe considerarse personal y exenta de reglas". Añade que se "enmarca dentro del procedimiento de elección del secretario general" y que este procedimiento "hay que considerarlo a todos los efectos actividad del partido, equiparable a la realizada por los candidatos en otros momentos de las elecciones".

Por esta razón, añade, "no existe posibilidad alguna" de dejar esta actividad al margen de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos que, entre otros preceptos, prohíbe "las donaciones anónimas, finalistas o revocables" así como "las procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad" y aquellas que superen los "50.000 euros anuales". Las cantidades donadas deben abonarse en cuentas abiertas en entidades de crédito exclusivamente para dicho fin y de ellas quedará constancia de la fecha de la imposición, el importe y el nombre e identificación fiscal del donatario.

Teniendo en cuenta que la recaudación de Pedro Sánchez se hace a través de una asociación creada al efecto, Bancal de Rosas, el informe explica qué dice la Ley sobre las donaciones procedentes de asociaciones, que están prohibidas, a excepción de "fundaciones y entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos". "Parece obvio -argumenta el informe- que ninguna de las asociaciones creadas para promocionar a los precandidatos puede entenderse asociación vinculada al PSOE", zanja el catedrático en su exposición jurídica.

 
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