Instituciones Penitenciarias penaliza a las funcionarias por cogerse excedencias para el cuidado de hijos
Pierden méritos en los concursos de traslados si se acogen al derecho de excedencia para el cuidado familiar
Instituciones Penitenciarias incumple la Ley de Igualdad y el Estatuto de la Función Pública
Madrid
Débora Rubio es ATS en la cárcel de Algeciras. Lleva diez años trabajando en Instituciones Penitenciarias. El año pasado se presentó al concurso de traslados para optar a una plaza en otra prisión más cercana a su familia. Quedó la última porque le quitaron 30 puntos por haberse cogido una excedencia de 15 días para cuidar a su bebé y no haber trabajado el último año completo.
Débora es madre sola. "Me parece algo totalmente injusto que una madre, en mi caso incluso familia monoparental, por cuidar a su hijo pida una excedencia y luego la administración la castigue dejándola sin los 30 puntos de los méritos de la experiencia en el concurso de traslados. Si lo llego a saber no me la cojo".
Débora presentó un recurso de reposición, pero Instituciones Penitenciarias no le da la razón. Justifica que no le compute la excedencia como tiempo trabajado con este argumento: "es evidente que la experiencia solo se puede adquirir cuando la aspirante está en situación administrativa de activo, hecho que no ocurre durante el tiempo en el que ha disfrutado de una excedencia por cuidado de hijo, que, con independencia de que tenga reconocidos determinados derechos, se contempla una situación administrativa distinta de la de activo."
El caso de María José Muñoz
María José Muñoz Garrigós trabaja en el centro de Aranjuez. Después de diez años como funcionaria, se acaba de presentar a un concurso para poder trasladarse a Ciudad Real. No lo conseguirá porque en su caso perderá 10 puntos al haberse cogido una excedencia de seis meses por lactancia de su hija. "Es lamentable porque al Gobierno se le llena la boca con campañas y guías para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, pero luego nos encontramos con una realidad muy distinta."
Maria José afirma que esta penalización "incumple el estatuto Básico del Empleado Público y más aún la Ley de Igualdad que es todavía más explícita cuando habla de que en ningún caso aquellas personas que estén en excedencia por cuidados familiares se podrán ver perjudicadas en nada".
En su articulo 56, la Ley de Igualdad señala que la normativa aplicable a la Administración General del Estado "establecerá un régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral". Y en el 57 dice que "en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas haya permaneceido en las situaciones a las que se refiere el artículo anterior".
El PSOE denuncia que Instituciones Penitenciarias castiga la maternidad y la conciliación de la vida familiar y laboral. Tras el conocimiento de estos casos, el grupo parlamentario socialista ha presentado una proposición no de ley para que el Gobierno corrija esta situación de manera que esas excedencias y la conciliación computen como tiempo trabajado.
"Es una ilegalidad, un error y una injusticia para las funcionarias de prisiones que ven como se las penaliza por ejercer un derecho en un país con un grave problema de natalidad" señala la portavoz adjunta Isabel Rodríguez. Además de pedir que el Gobierno cumpla la ley, la diputada socialista pide en la iniciativa que se "revoque de oficio las decisiones que se hayan adoptado restituyendo a quienes hayan resultado perjudicados en la plenitud de sus derechos".