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ABUSOS BANCARIOS

La Justicia anula el desahucio de una familia de Madrid por tener una cláusula de vencimiento anticipado en su hipoteca

La sección 20ª de la Audiencia Provincial de Madrid archiva el proceso de ejecución hipotecaria tras la declaración de abusividad de esta cláusula en el contrato: este organimos había decidido dejar en suspenso todos los procesos similares hasta tener un pronunciamiento definitivo del Tribunal de Luxemburgo sobre estas cláusulas de vencimiento anticipado

La Audiencia Provincial archiva el proceso de desahucio contra la familia / Getty

Madrid

La sección número 20 de la Audiencia Provincial de Madrid, encargada de asuntos del orden civil, ha decidido enviar al cajón el desahucio de una familia de la capital por la presencia en su hipoteca de una cláusula de vencimiento anticipado declarada abusiva por un juzgado de Plaza de Castilla: la Audiencia Provincial acordó el pasado mes de febrero dejar en suspenso todos estos procedimientos hasta contar con un pronunciamiento definitivo de la Justicia europea.

Las cláusulas de vencimiento anticipado se esconden en las hipotecas y, en ocasiones, permiten al banco solicitar todo el préstamo cuando el cliente deja de pagar unas pocas mensualidades: muchos de estos procesos terminan en una ejecución hipotecaria y un desahucio al no poder afrontar los pagos.

La Justicia española escribió su jurisprudencia en torno a estas cláusulas en diciembre de 2015: "Parece evidente que una cláusula de vencimiento anticipado que permite la resolución con el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial y respecto de una obligación accesoria, debe ser reputada como abusiva", decía. Este mes de enero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establecía que un juez puede anular esta cláusula aunque el banco no haya hecho uso de ella.

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Apenas unos días de conocer este fallo europeo, el Tribunal Supremo decidió volver a consultar el alcance de la jurisprudencia de sus compañeros de Luxemburgo, y elevó una nueva cuestión prejudicial para ver si era posible eliminar estas cláusulas de forma parcial: fue entonces, el pasado mes de febrero, cuando la junta sectorial de jueces de lo civil y lo mercantil de la Audiencia Provincial de Madrid acordó por escrito dejar en suspenso estos procesos hasta que Europa se volviese a pronunciar: "Procede la suspensión de los procedimientos de ejecución hipotecaria" de estas características, explicaba el escrito.

Sobreseimiento "sin más"

En el caso de esta familia de Madrid que dejó seis mensualidades sin pagar, la sección 20ª de la Audiencia Provincial no ha necesitado esperar a Luxemburgo para dar por cerrado su proceso de desahucio instado por el banco: el juzgado nº 32 de la capital declaró la abusividad de esta cláusula y por tanto "debe tenerse por no puesta, habida cuenta de que la entidad bancaria se basó en ella para dar por vencido anticipadamente el crédito y poder formular la reclamación de la deuda generada".

El sobreseimiento "procede sin más", explica el auto, asegurando que la doctrina europea dictada hasta el momento "es perfectamente aplicable al caso de autos" y sin necesidad de esperar a la resolución de la cuestión prejudicial planteada el pasado mes de febrero por el Supremo.

"Se deja a muchas familias en la calle con un procedimiento ilegal"

Se trata de un auto contra el que no cabe ningún tipo de recurso y que celebra la abogada que ha llevado el caso. Beatriz Duro, del despacho duroa.es. "Este auto no es lo que estamos acostumbrados a que nos notifiquen", explica la letrada. "Sorprende, desde luego lo celebramos porque beneficia a las familias", añade. "El archivo está claro, cuando una cláusula es nula se tiene que tener por no puesta, no puedes ejecutar", añade.

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'Sorprende, desde luego lo celebramos porque beneficia a las familias'

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Añade la abogada que "este auto lo que hace es mostrarnos cómo van a ser todos cuando se pronuncie le TJUE: que se archiven los procesos porque es evidente la abusividad de la cláusula, claramente es abusivo y desproporcionado".

 
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