Tribunales
Violencia machista

Condenado a siete años de prisión por violar a una mujer en Basauri: "Venga, déjate"

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la condena impuestas por la Audiencia Provincial a este hombre que agredió sexualmente a una amiga después pasar un rato en su domicilio de la localidad vizcaína de Basauri

La sentencia también le prohíbe acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima / Getty Images

Madrid

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado una condena de siete años de prisión para un hombre que en enero de 2016 agredió sexualmente a una amiga en su domicilio de la localidad vizcaína de Basauri. La sentencia, todavía recurrible en casación, también condena al agresor a indemnizar con 10.000 euros a la víctima. 

Según explican las sentencias del caso agresor y víctima, ambos de origen chileno, eran amigos desde hace tiempo, aunque llevaban varios sin hablar: por razones que no han quedado esclarecidas por la Justicia, quedaron para verse en el domicilio de la mujer, de más de sesenta años de edad, en la localidad de Basauri. Pasadas las nueve de la noche la mujer decidió irse a la cama y se encontró con el hombre ya dentro y desnudo, aconteciendo después la agresión sexual. Inmediatamente después, la mujer llamó a la Policía y se marchó también al Hospital de Basurto. 

Ahora son los jueces del TSJ los que confirman los siete años que le impuso la Audiencia Provincial por un delito de agresión sexual, por entender que la relación se produjo sin ningún tipo de consentimiento de la mujer. Mientras que ambas sentencias declaran probado que el hombre le dijo que "bueno, venga, déjate" mientras le pegaba un bofetón, la víctima terminó por dejar de resistirse "ante el temor de que siguiera agrediéndola". 

"Ella deja claro que le dijo de varias maneras que no quería tener una relación con él ni tampoco una relación sexual", rezan ambas resoluciones, añadiendo los jueces de la Audiencia Provincial que incluso una relación que arranca de manera consentida - lo que no es el caso - "puede convertirse en delito cuando una de las partes vence la resistencia de la otra para ir más allá de donde se situaba la relación consentida".

Los magistrados del TSJ, además, califican de "gratuitas" las acusaciones de denuncia falsa por parte del condenado, que no ha aportado ninguna prueba en ese sentido. La sentencia también le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la mujer y le impone otros cinco años de libertad vigilada. 

 
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