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Atentados Barcelona y Cambrils

Los familiares de las víctimas mortales tienen derecho a una indemnización de 250.000 euros

Según recoge la Ley de reconocimiento y protección integral a las Víctimas del Terrorismo de 2001

Muestras de solidaridad y cariño en una libería de Madrid, con las víctimas y familiares de los atentados de Barcelona y Cambrils.(EFE)

Muestras de solidaridad y cariño en una libería de Madrid, con las víctimas y familiares de los atentados de Barcelona y Cambrils.

Madrid

España concede 6.000 euros para los gastos de traslado del féretro y del sepelio, compensa lesiones y ofrece asistencia médica y psicológica.

Los familiares directos de las 15 víctimas mortales de los atentados de Cataluña tienen derecho a cobrar una indemnización del Estado español de 250.000 euros, que se ofrece para sufragar el traslado de los cadáveres y ayudar en otras gestiones derivadas del fallecimiento. Las ayudas se extienden además a las víctimas que han resultado heridas, hasta 500 mil euros por gran invalidez, así como para ofrecer asistencia médica y psicológica.

En casos de "perentoria necesidad”, el reglamento de la ley contempla que algunas de estas ayudas puedan cobrarse por adelantado, lo que permitiría, por ejemplo, paliar las necesidades inmediatas de algunos familiares de víctimas extranjeras que han iniciado campañas de crowfunding en Internet para recabar fondos con los que costear la repatriación de sus seres queridos.

Teléfonos

El Ministerio del Interior, desde la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, ha habilitado varias líneas telefónicas para atender a los afectados por los ataques y sus familiares: 915372479/80; 915372441/42 y 915372421/61.

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que colabora con Interior, también ha habilitado dos teléfonos para la asistencia psicológica de afectados por los ataques: 607719716 y 915940799.

Para poder acceder a las ayudas, es necesario presentar los certificados sanitarios y policiales o judiciales que acrediten que ha sido víctima de los ataques.

Según la normativa, la indemnización por fallecimiento está dirigida al cónyuge o pareja de la persona fallecida, y a los hijos de ésta, si los hubiera. En caso de que el fallecido no tuviera pareja ni descendencia, tendrá derecho a la indemnización, por orden sucesivo y excluyente, los padres, los nietos, los hermanos y los abuelos de la víctima.

La Administración General del Estado abonará también los gastos de traslado, sepelio e inhumación y/o incineración de las víctimas que no se hallen cubiertos por una póliza de seguro, hasta el límite de 6.000 euros.

Para los heridos, el Estado prevé compensaciones que varían en función de la gravedad de las lesiones que les provocara el atentado, que van desde los 500.000 euros para situaciones de gran invalidez a 75.000 por una incapacidad permanente parcial.

Ayuda psicológica

España ofrece también asistencia psicológica y psiquiátrica gratuita a los afectados por terrorismo de manera inmediata y presta asistencia sanitaria de urgencia a los heridos en el Sistema Nacional de Salud.

Los heridos tendrán derecho a compensaciones por los gastos de tratamientos médicos, prótesis e intervenciones quirúrgicas en los que incurran y que guarden vinculación con las acciones terroristas, cuando quede acreditada su necesidad y no se hallen cubiertos por el sistema público o privado de previsión al que estas personas se encuentren acogidas, recoge la normativa española.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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