Tribunales
DELITO CONTRA LA intimidad

Año y medio de cárcel por grabar a sus compañeras de trabajo cuando iban al baño

La Audiencia Provincial de Toledo impone una condena de año y medio de cárcel a un trabajador del Tribunal Económico-Administrativo de la ciudad por instalar una cámara oculta en el baño de mujeres para grabar a sus compañeras de trabajo

El condenado instaló la cámara en los baños de mujeres del edificio / Getty Images

Madrid

La Justicia ha condenado a un año y medio de cárcel a un hombre que instaló una cámara en los baños de mujeres de su trabajo para grabar a sus compañeras. Sucedió en 2010 en la sede del Tribunal Económico-Administrativo regional y los jueces de la Audiencia Provincial rebajan a la mitad su pena teniendo en cuenta el trastorno sexual que padece.

La sentencia explica que una de las trabajadoras encontró la pequeña cámara escondida en los lavabos de mujeres en noviembre de 2010, y los investigadores no tardaron demasiado en dar con su dueño: al comienzo de la grabación podía verse su cara mientras colocaba el dispositivo buscando el mejor ángulo para espiar a sus compañeras. Poco después la Policía encontró los vídeos en su ordenador.

En un primer momento, un juzgado de lo penal condenó a este vecino de Torrijos a tres años de cárcel por tres delitos contra la intimidad, pero ahora es la Audiencia Provincial de Toledo la que rebaja la condena a la mitad, teniendo en cuenta como eximente el trastorno de carácter sexual que padece. "Es evidente que las facultades mentales del acusado no se encontraban afectadas hasta el punto de que no fuese capaz de comprender la ilicitud de sus actos", dicen los jueces, pero sí entienden que debe rebajarse la pena en base a este trastorno.

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De esta manera, su condena queda rebajada a un año y medio de cárcel, junto con una multa de más de seis mil euros, una indemnización de otros mil para una de sus víctimas y por último, y a petición de la Abogacía del Estado, queda también inhabilitado para ejercer un empleo público: en caso de hacer frente a sus responsabilidades civiles, no tendrá que entrar obligatoriamente en prisión.

La sentencia destaca la planificación que siguió para colocar la cámara y obtener imágenes íntimas de sus compañeras de trabajo: "La compra de la cámara, la localización del sitio apropiado para enfocar las imágenes que quería, la colocación del dispositivo y la comprobación de que está bien colocado", son algunas pruebas que apuntan los magistrados. "Tal conducta implica necesariamente que el acusado conoce y entiende el carácter reprobable de sus actos", sentencia.

 
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