El Constitucional frustra en 24 horas la ley del referéndum catalán
Los jueces ordenan por unanimidad advertir personalmente a todo el Govern y a los 947 alcaldes de Cataluña que “su deber es impedir su celebración” o se podrán exigir responsabilidades penales. Sin embargo, el tribunal no ha aceptado "deducir testimonio de particulares", que era como pedirle al fiscal actuar contra Puigdemont directamente
Madrid
El pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido provisionalmente las leyes aprobadas por el Parlament de Cataluña que ordenaban la celebración del referéndum. Los magistrados, por unanimidad, acuerdan notificar personalmente al president Carles Puigdemont, a todo el Govern y a los alcaldes de Cataluña para que impidan y paralicen cualquier acto preparatorio de la consulta, al tiempo que les advierte de que pueden incurrir en responsabilidad penal
Más información
- El Gobierno ordena presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la ley del referéndum en Cataluña
- El Fiscal General anuncia dos querellas contra el Govern y la Mesa del Parlament
- El Consejo de Estado dictamina por unanimidad a favor de los recursos del Gobierno contra el referéndum del 1-O
- Ley del 1-O, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat
- Puigdemont avisa a los alcaldes de su intención de usar los colegios electorales
- "¿Cómo actuar ante una orden ilegal?" El sindicato CSIF orienta a los funcionarios
Los recursos se presentan contra la Ley del Referéndum, la convocatoria oficial de la consulta del 1-O, el decreto de medidas para organizar el plebiscito y la resolución de la Cámara catalana por la que se ha designado a cinco miembros de la Sindicatura Electoral, encargada del censo, las urnas, etc.
La admisión a trámite supone la suspensión cautelar de la ley de referéndum así como de los decretos relacionados con la convocatoria que quedaran automáticamente anuladas de forma provisional durante los próximos cinco meses y no podrán desarrollarse dentro de la legalidad.
Los magistrados no han tenido que entrar a debatir el fondo del asunto, porque el bloqueo de esas normas es automático según recoge la Constitución, y solo han verificado que el recurso del Gobierno cumple los requisitos formales.
Por tanto, ninguna de las acciones que quiera autorizar o desarrollar el Parlament catalán será legal si se basa en esas normas ahora suspendidas.
Pero el ejecutivo solicitaba en su recurso una acción más concreta y directa del tribunal y los jueces han ordenado que se advierta por carta a todos los altos cargos de la Generalitat relacionados con la organización de la consulta y a los 947 alcaldes de Cataluña que la ley esta anulada con la mención expresa y el recordatorio de que deben impedir o paralizar cualquier iniciativa tendente a la organización del referéndum.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...