Tribunales
Referéndum 1 de Octubre

El Constitucional pregunta a los encargados de las gestiones de la consulta si les ha desobedecido

El alto tribunal amplia las advertencias al Síndico catalán por nombrar responsables territoriales para el referéndum

Los jueces por unanimidad aplican por primera vez la reciente LOTC que les habilita a suspender en sus funciones a las autoridades o imponer multas hasta 30.000 euros

Sede del Tribunal Constitucional en Madrid / EFE

Madrid

El Tribunal Constitucional ha preguntado directamente a los miembros de la sindicatura electoral de Catalunya si están cumpliendo la orden que les prohíbe realizar cualquier actuación encaminada a la celebración del referéndum ilegal.

Según el abogado del Estado la sindicatura electoral catalana, encargada para hacer las gestiones administrativas necesarias para una consulta popular, ha incumplido el mandato del Constitucional porque ha nombrado ya a los miembros de las demarcaciones del Valle de Aran, Girona, Lleida o Barcelona.

Es la primera vez que el alto tribunal pregunta directamente a los síndicos si están cumpliendo su mandato y esperan conocer su respuesta antes de tomar una decisión, que podrían convertirse en una multa, pedirle al fiscal que actué contra ellos, o en el caso, más extremo acordar la suspensión del funcionario afectado.

Los magistrados están aplicando, por primera vez, el artículo 92.4 de la reciente Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que les habilita a adoptar "cualesquiera de las medidas” en caso de que se compruebe que las resoluciones dictadas están siendo incumplidas.

Esta norma autoriza al tribunal, para que bien de oficio (por propia iniciativa) o a instancia de alguna de las partes del proceso, pueda requerir a las instituciones, autoridades, empleados públicos o particulares a quienes corresponda llevar a cabo su cumplimiento para que les informen.

La Abogacía del Estado incluyó en su recurso contra las normas complementarias de la ley del referéndum una denuncia por el incumplimiento de la suspensión por parte de la sindicatura electoral, porque había procedido a elegir a los miembros de las demarcaciones de L'Aran, Girona, Lleida, Barcelona y Tarragona. Designación que se llevó a cabo después de que el Constitucional les advirtiera de las responsabilidades, incluso penales, en las que podían incurrir si no se abstenían de realizar cualquier actuación encaminada a la celebración de la consulta.

Multas hasta 30.000 euros

Los magistrados en el pleno celebrado esta mañana han acordado requerir explicaciones a los responsables centrales del síndico Catalán y si aprecian que se han incumplido sus resoluciones total o parcialmente, “podría imponer multas de 3.000 a 30.000 euros; acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento, y deducir testimonio para que el fiscal exija la responsabilidad penal que pudiera corresponder.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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