Sociedad

70 ONG denuncian mala praxis judicial en el caso Juana Rivas y piden una investigación

Han presentado quejas oficiales ante el Defensor, la Delegación de Gobierno y el CGPJ para que se sancionen las irregularides

Cadena SER

Más de 70 organizaciones de mujeres presentaron ayer martes tres quejas oficiales por la actuación de la Administración de Justicia en el caso de Juana Rivas. En ellas denuncian que las resoluciones judiciales tomadas no han primado el interés superior del menor y han dejado en una situación de desprotección e indefensión tanto a los hijos como a la madre de Maracena. Esta mujer fue obligada a entregar a los menores, de 3 y 11 años, a su padre Francesco Arcuri que tiene una condena firme por maltrato y otra denuncia todavía, a día de hoy, sin tramitar ni investigar.  

Las quejas están dirigidas al Defensor del Pueblo, a la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género y al Consejo General del Poder Judicial. Piden la intervención de los tres organismos para que se abra una investigación por mala praxis judicial y para que se depuren responsabilidades. En la documentación explican que se han incumplido varias normas nacionales como la Ley Integral contra la Violencia de Genero, la Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, el Estatuto de la Víctima, la Constitución y el futuro Pacto de Estado. Y se han vulnerado también convenios internacionales como el de Estambul.

Las organizaciones feministas solicitan al Consejo General del Poder Judicial que se abra un expediente disciplinario a la jueza del juzgado de Violencia de Genero número 2 de Granada y a los tres magistrados de la sección 5 de la Audiencia Provincial de Granada. Y piden sanciones porque consideran que sus sentencias "han generado y continúan generando desprotección y revictimización de Juana Rivas y de sus hijos". Se centran en ellos porque sus decisiones han determinado el devenir del caso de Juana Rivas y entienden que han cometido faltas muy graves "por la ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales" y por "la absoluta y manifiesta falta de motivación de las resoluciones" emitidas.

En el relato de los hechos, señalan que la actuación del juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada provocó la paralización durante año y medio de la denuncia que Juana Rivas interpuso contra Arcuri en julio de 2016, poco después de llegar a España. En un auto la jueza acuerda "declarar la falta de jurisdicción de este órgano judicial para el conocimiento de los hechos" porque el presunto maltrato físico y psíquico ocurrió en Italia.

Y las quejas sostienen que incumplió el artículo 17 del Estatuto de la Víctima que establece que "las víctimas residentes en España podrán presentar ante las autoridades españolas denuncias correpondientes a hechos delictivos que hubieran sido cometidos en el territorio de otros países de la Union Europea. En el caso de que las autoridades españolas resuelvan no dar curso a la investigación por falta de jurisdicción, remitirán inmediatamente la denuncia presentada a las autoridades competentes del Estado en cuyo territorio se hubieran cometidos los hechos".

Hasta el 3 de agosto de 2017 no se remite por `parte del ministerio de Justicia a la autoridad italiana competente y a fecha de 27 de noviembre, señala la queja, ningún órgano judicial, ni italiano ni español han entrado a conocer, investigar y en su caso sancionar, los hechos recogidos en la denuncia por violencia de género interpuesta por Juana Rivas el 20 de julio de 2016 ante el juzgado de violencia numero 2.

Sobre la sección 5.ª de la Audiencia Provincial de Granada, los escritos denuncian que emite una sentencia -que rechaza el recurso de apelación y confirma la devolución de los menores con su padre a Italia- plagada de irregularidades formales y de hechos erróneos. Hace "un corta y pega" de unos hechos distintos del caso de Juana Rivas, "llegando incluso a alterar los datos personales y fechas" y no entra a responder a los argumentos del recurso presentado por la madre.

Los escritos concluyen que todo lo expuesto en las quejas puede "ser constitutivo de acciones y omisiones muy graves que han generado y generan un grave nivel de "desprotección y revictimización de Juana Rivas y de sus hijos siendo intolerable en el marco de nuestro Estado de derecho, violando gravemente el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución".

 
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