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Seis años de cárcel por degollar a su bebé en un cementerio al grito de "Satán ven a por mí"

La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado en conformidad a una mujer que padecía una psicosis puerperal con delirios místico-religiosos derivados de una depresión posparto y que asesinó a su bebé en el cementerio de La Villa de Don Fadrique

Valla del cementerio de la localidad donde ocurrieron los hechos / Hector Martín EFE

Madrid

La Audiencia Provincial de Toledo ha impuesto seis años de cárcel en conformidad a una mujer que degolló a su bebé en un cementerio de la localidad de La Villa de Don Fadrique: la acusada cometió el crimen al grito de "¡Satan ven a por mí!" e impulsada por la psicosis puerperal que padecía tras haber dado a luz. 

Según la sentencia, la mujer comenzó a padecer episodios de ideaciones delirantes de temática místico-religiosa, "con referencias constantes a Satán, la Biblia y similares", fruto de una depresión posparto agravada. Tras varios ingresos, una noche cogió a su bebé, se lo llevó al cementerio de la localidad toledana de La Villa de Don Fadrique, degollándole en el altar de la capilla, un propósito que era "incapaz de controlar".

Fue detenida poco después en la iglesia de la localidad gritando expresiones como "¡Satán, Satán, ven a por mí", estando "privada de sus facultades por el brote psicótico padecido", según los jueces. 

Eximente incompleta

La sentencia, que le impone seis años de cárcel, ha sido dictada en conformidad después de que la mujer haya reconocido los hechos y aceptado la condena, por lo que no fue ni siquiera necesario convocar al jurado popular que iba a hacerse cargo del juicio. Según informan fuentes del caso, la mujer ha recibido tratamiento y ha conseguido dejar atrás el trastorno que padecía entonces, encontrándose en prisión en la actualidad cumpliendo condena. 

(ARCHIVO) DETENIDA POR DEGOLLAR A SU BEBÉ

<p>En agosto de 2015 la mujer fue detenida, acusada de acabar con la vida de su bebé en el cementerio de la localidad</p>

Los jueces consideran a la mujer culpable de un delito de asesinato, teniendo en cuenta una eximente incompleta de alteración psíquica, teniendo en cuenta que en ese momento presentaba "una alteración parcial de sus facultades cognoscitivas y volitivas" por la psicosis puerperal agravada que padecía desde el momento del parto. 

 
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