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La prisión permanente revisable podrá aplicarse también a violadores en serie

El Gobierno justifica que ampliar la prisión permanente revisable a doce delitos no es una cuestión de "oportunismo" ni de "legislar en caliente", sino que resulta "oportuno" estar al lado de las víctimas

La prisión permanente revisable podrá aplicarse también a violadores en serie

El Gobierno defiende la legitimidad de la prisión permanente revisable. / EUROPA PRESS

Madrid

El Gobierno amplía la prisión permanente para casos como los de los asesinatos de Diana Quer o Marta del Castillo, y también a delitos cometidos por violadores en serie. El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley por el que modificará el Código Penal para ampliar los tipos delictivos a los que es aplicable la pena de prisión permanente revisable.

Hasta ahora la norma incluye ocho supuestos en los que se puede aplicar la revisión de la condena impuesta una vez cumplida la pena:

1.- Que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o discapacidad.

2.- Que el asesinato fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.

3.- Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.

4.- Asesinato múltiple.

5.- Asesinatos perpetrados por terroristas.

6.- Los cometidos contra el rey o el príncipe heredero.

7.- Contra jefes de Estado extranjeros.

8.- El genocidio y crímenes de lesa humanidad con homicidio.

Pero el Ejecutivo cree que existen "razones sociales" que demandan una ampliación del abanico punitivo. El responsable de Justicia, Rafael Catalá, cree que esta ampliación no es una cuestión de "oportunismo" ni de "legislar en caliente", sino que resulta "oportuno" estar al lado de las víctimas. Así, el Código Penal incluirá la prisión permanente revisable para:

  1. Los culpables de asesinato que no colaboren e intenten ocultar el cadáver (como el caso de Marta del Castillo).
  2. Los secuestros que acaban en muerte (como el caso de Diana Quer).
  3. Los delitos contra la integridad sexual (como los violadores en serie). A partir del tercer delito de violación cometido se podrá aplicar la norma, también en caso de agresiones sexuales contra menores privados de libertad.
  4. Los casos de muertes que implican el uso de elementos químicos, nucleares o de incendios. 

El ministro Catalá ha destacado además que la prisión permanente revisable está contemplada en la mayoría de ordenamientos jurídicos de Europa. En la reforma que se ha aprobado este viernes no se incluye entre los nuevos doce delitos la rebelión, que sí se contempla, por ejemplo, en Francia.

El parricida de Moaña, el único caso

El 7 julio 2017 fue condenado por primera vez en España el parricida de Pontevedra, David Oubel por degollar a sus hijas. El tribunal del jurado, por unanimidad, halló culpable a Oubel de asesinar con alevosía a las pequeñas (de 4 y 9 años) con una sierra eléctrica. El empresario inmobiliario de 42 años, pasará probablemente cerca de 40 años en la cárcel después de que un tribunal de la Audiencia de Pontevedra le haya condenado a la pena de prisión permanente revisable, por el asesinato con alevosía de sus dos hijas menores de edad.

Esta semana la Fiscalía de Álava ha pedido una pena de prisión permanente revisable para el hombre acusado de asesinar a una bebé de 17 meses al lanzarla por la ventana.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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