Tribunales

El Constitucional avala la “ventanilla única” para gestionar los derechos de autor

El TC desestima el recurso del grupo socialista contra la reforma de la ley de propiedad intelectual

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Madrid

El recurso se dirige, por un lado, contra la reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual que dispuso la financiación pública de la compensación por copia privada, que los socialistas consideraban vulneraba el derecho a la propiedad intelectual y el derecho a la igualdad tributaria. El Tribunal , en cambio, no se pronuncia por este asunto concreto puesto que la norma fue derogada en cumplimiento de una sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y no llegó siquiera a aplicarse. El Tribunal de Luxemburgo entendió que el sistema que sustituyo al canon digital no se ajustaba a las leyes europeas.

Ventanilla única

El Tribunal no da la razón a los socialistas que creían que el sistema de una ventanilla única para pagar los derechos de autor y evitar así el peregrinaje por diferentes sociedades de gestión intelectual, atentaba el derecho de asociación.

La sentencia explica que la norma impugnada solo dispone que la ventanilla será gestionada por una persona jurídica privada sin que ninguna entidad de gestión ostente capacidad para controlar la toma de decisiones”.

Tampoco impone, añade la sentencia, que esa persona jurídico-privada se constituya como asociación, aunque se creara ex novo por la entidad de gestión, por lo que no se produce vulneración del derecho de asociación denunciada por los recurrentes. “La personalidad jurídica –señala- es, por sí sola, un instrumento jurídico formal que permite la creación de un centro específico de imputación de relaciones jurídicas, sin que presuponga, per se, un componente asociativo, esto es, un ligamen entre individuos para conseguir determinados fines comunes”.

 
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