El juez procesa por rebelión a Puigdemont, Junqueras, Turull y 10 líderes más del procés
Llarena procesa a 25 de los 28 imputados, trece de ellos por un delito de rebelión, penado con hasta 25 años de cárcel: Puigdemont, Junqueras, Forcadell, Rovira, Turull, Rull, Ponsatí, Forn, Comín, Sànchez, Cuixart, Romeva y Bassa
Madrid
El juez Pablo Llarena ha decidido procesar a 25 de los 28 imputados en la causa que investiga el independentismo, atribuyendo un delito de rebelión - penado con hasta 25 años de cárcel - a trece de ellos: la acusación más grave va para el expresident Carles Puigdemont, el exvicepresident Oriol Junqueras, el líder de Òmnium Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, la secretaria general de ERC Marta Rovira, la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa, Toni Comín, Joaquim Forn y Clara Ponsatí.
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A ellos además se les atribuye un delito de malversación de caudales públicos, con el juez Llarena imponiendo una fianza de responsabilidad civil de 2,1 millones de euros a catorce exmiembros del Govern destituidos tras la aplicación del 155 por parte del Gobierno. Además, los exmiembros de la Mesa del Parlament y las representantes de la CUP son procesados por un delito de desobediencia: Lluís María Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet, Joan Josep Nuet y Mireia Boya y Anna Gabriel.
Marta Pascal, Neus Lloveras y Artur Mas quedan fuera del auto de procesamiento por el momento. En este mismo auto de procesamiento, el juez confirma la prisión provisional de Sànchez, Cuixart, Junqueras y Forn "atendiendo al riesgo de reiteración delicitiva", hablando ahora de "un grave riesgo de fuga" en ellos. La investigación, dice el juez, está "culminada en lo esencial" y adelanta que ve un gran riesgo de fuga en los acusados "derivado de la grave punición a la que se enfrentan" por el delito de rebelión, señalando también su "claro desprecio al acatamiento de las decisiones de la autoridad judicial" y su pertenencia a "un amplio colectivo que se solidariza con su causa".
Desafío "sin parangón"
El juez Llarena es contundente en este auto de procesamiento: habla de "un ataque al Estado Constitucional que, con la voluntad de imponer un cambio en la forma de gobierno para Cataluña y del resto del país integra una gravedad y persistencia inusitada y sin parangón en ninguna democracia de nuestro entorno". Un ataque que, dice el juez, no está neutralizado todavía: "Puede estar en desarrollo, por más que se encuentre puntualmente larvado y que pueda pretender servirse de un relevo en sus protagonistas", dice.
Nuevamente, el juez vuelve a dar por hecho que la cúpula del procés independentista contaba con instrumentalizar los brotes violentos en la calle, en lo que fundamenta su acusación por rebelión contra trece de ellos: "La minuciosa ideación de la estrategia permite considerar que siempre hubieron de representarse que el proceso terminaría recurriendo a la utilización de la fuerza". Añade que "quienes realizaron aportaciones principales al núcleo de hechos" contaban con que "el fanatismo violento de muchos de sus seguidores había de desatarse".
- LOS 25 PROCESADOS
Sobre Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, el juez concluye que "impulsaron una masa de fuerza que hiciera frente a la obligación policial de impedir la votación" el uno de octubre. En cuanto a Jordi Turull, entonces portavoz del Gobierno de la Generalitat y ayer candidato fallido a President, asegura el juez que "gestionó y diseñó la inserción publicitaria del referéndum".
¿Inhabilitación automática?
El procesamiento de Oriol Junqueras y Jordi Sànchez no implica su suspensión automática como políticos en el Parlament de Catalunya, a pesar de encontrarse en prisión provisional y ser acusados de un delito de rebelión: según explica el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, su procesamiento debe ser declarado firme en las próximas semanas por la sala de apelaciones del Tribunal Supremo.
El delito de rebelión, según la redacción actual del Código Penal, contempla penas de entre 15 y 25 años de cárcel para los líderes de una rebelión, de hasta 30 años si se han producido enfrntamientos o combates y penas de inhabilitación de hasta 20 años además si los autores ocupaban un cargo público en ese momento. En el caso de la sedición las condenas para los líderes oscilan entre 10 y 15 años de prisión. Ambos delitos contemplan la figura rebajada de la "conspiración" o la "provocación" para la rebelión y la sedición, respectivamente, en cuyo caso la hipotética condena se rebaja en uno o dos grados.
El auto de procesamiento da por zanjada buena parte de la investigación y deja esta parte del caso preparada para juicio con todos los trámites previos todavía por completar, entre ellos que por ejemplo las partes presenten sus respectivos escritos de calificación.