Tribunales

Condenado un profesor de Aranda de Duero por corrupción de menores

La Audiencia de Burgos ha condenado a siete años y medio de cárcel a un exprofesor de un colegio de la localidad que, a través de perfiles falsos en Facebook, consiguió que dos alumnos menores de edad le enviasen fotos suyas de carácter sexual

Creó perfiles falsos de Facebook para contactar con sus alumnos / Getty Images

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a siete años y medio de prisión a un exprofesor de un colegio público de la localidad de Aranda de Duero por sendos delitos de corrupción de menores y abuso sexual: según ha reconocido el propio condenado, usó perfiles falsos de Facebook para que dos alumnos menores de edad le enviasen fotografías suyas de carácter sexual.

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Según la sentencia dictada en conformidad, el entonces docente de primaria en el Colegio Público Santa Catalina de Aranda creó varios perfiles falsos en la red social Facebook, haciéndose pasar por mujeres, a través de los cuales contactó con dos de los alumnos del centro, ambos menores de quince años: consiguió que le enviasen fotos de carácter sexual y consiguió que siguieran haciéndolo amenazándoles con difundir las que ya le habían mandado.

La investigación arrancó en mayo de 2015 tras la denuncia de la madre de una de las víctimas, y el acusado ingresó en el Centro Penitenciario de Burgos medio año más tarde: los agentes encontraron más material pedófilo en su ordenador durante los registros.

Reconoció los hechos

La sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos fue dictada en conformidad después de que el acusado reconociese los hechos, pidiese perdón a las víctimas ante la Justicia y pagase todas las indemnizaciones reclamadas por las familias, según fuentes del caso. Lleva en prisión sin fianza desde su detención a finales de 2015.

Además de la pena de prisión, las dos magistradas y el magistrado de la sección primera le imponen otros diez de inhabilitación para ejercer como profesor de menores de edad y una orden de alejamiento de un kilómetro.

El 'engaño pederasta'

La sentencia de conformidad condena al docente como autor de un delito de abusos sexuales (183.4 apartado d) y otro de corrupción de menores (189.3 apartado a), según la resolución y con los hechos cometidos antes de la reforma del Código Penal que entró en vigor en julio de 2015 y que desarrolló penas más específicas para este tipo de delitos.

El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias en los últimos años refiriéndose a estas prácticas pedófilas, definiéndolo por ejemplo en una sentencia de hace un año como "la acción deliberada de un adulto que pretende acosar y/o abusar sexualmente de un adolescente", asegurando que "los groomers crean perfiles falsos en redes sociales. El propósito del diálogo es establecer confianza y pedir al menor contenido sexualmente explícito. Este primer paso puede producir un encuentro físico, lo que desenlaza en un acoso moral, o algo peor como una violación o un asesinato".

Añade esta sentencia, que confirmó una condena de más de cinco años de cárcel para un hombre que solicitaba fotografías de carácter sexual a niñas menores de trece años a través de Whatsapp, Tuenti o Twitter, que "una vez que la víctima decide compartir material a través de engaños, el groomer comienza a chantajear al menor, amenazándolo con publicar sus fotos y vídeos si no entrega más o se niega a un encuentro personal".

Artículo 183 ter del Código Penal que desarrolla el delito de 'grooming'

Artículo 183 ter del Código Penal que desarrolla el delito de 'grooming' / Boletín Oficial del Estado

El Código Penal actual recoge este delito en su artículo 183 ter, castigando con hasta dos años de cárcel a quien "a través de internet, teléfono o cualquier otra tecnología de la información o la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico".

 
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