Sociedad
Ley de protección datos

Las principales preguntas sobre el nuevo reglamento de protección de datos

¿Qué tengo que hacer ante la avalancha de correos que estamos recibiendo para actualizar los datos? ¿A qué multas se enfrenta el ciudadano o empresa que incumpla la ley? ¿Se han adaptado las empresas? ¿Puedo pedir que olviden mis datos? Responden expertos de ciberseguridad y protección de datos de la Asociación ISACA

Las principales preguntas sobre el nuevo reglamento de protección de datos / The Image Bank Getty Images

Lo más llamativo son las multas. ¿ A cuánto ascienden?

Madrid

Con el anterior reglamento la multa máxima, si se ha cometido una falta muy grave es de 600.000 euros, que fue la cantidad que se le impuso a Facebook por el uso indebido de datos personales. Pero desde hoy esta multa administrativa, puede llegar a los 20 millones de euros o si se trata de una empresa al equivalente al 4% de la facturación global de la compañía. Y siempre se optará por la de mayor cuantía. A la administración pública no se la puede sancionar económicamente porque "al final saldría del mismo bolsillo y pagaríamos todos", explica gráficamente el Presidente de la Asociación de auditoría y control de sistemas de información, Ricardo Barrasa.

¿Cómo respondo a los correos que me piden actualizar los datos?

Si quiere que la empresa tenga sus datos debe dar el consentimiento explícito. Esto es debe decir "Sí" y en caso contrario puede contestar que no quiere que utilicen la información que tienen. Pero lo más habitual es no contestar. Y esto equivale a decir "no". O dicho de otra forma el silencio administrativo equivale a negarse.

¿Estarán más seguros nuestros datos?

Sí, especialmente los datos especialmente protegidos como son la orientación sexual, la ideología o la salud. En definitiva toda aquella información que pertenece a nuestra intimidad. Por esto es tan importante tener nuestros datos controlados, que no se usen sin nuestro consentimiento y solo para aquello para lo que autorizamos. Y por supuesto, en cualquier momento podemos exigir la suspensión, el borrado o el olvido de toda la información que en un principio dimos.

¿Qué van a necesitar las empresas?

Fundamentalmente más personal. Más profesionales que puedan hacer los trabajos de adecuación de las empresas al nuevo reglamento. Y actualmente no los hay en número suficiente. Por eso se crea la nueva figura del Delegado de Protección de Datos.

¿En qué empresas es obligatorio?

Es una figura obligatoria en todos los organismos de la administración pública y en las empresas que manejan muchos datos, mucha información. En el resto es opcional.

¿Qué formación deben tener?

No es una carrera como tal ni un grado universitario. El Delegado de Protección de Datos debe tener conocimientos jurídicos sobre la privacidad de datos y conocimientos técnicos sobre ciberseguridad. El origen puede ser diverso. Pueden ser economistas, abogados, matemáticos, informáticos o ingenieros de telecomunicaciones. "No hay una formación específica. Es una acreditación profesional", explica Antonio Ramos vicepresidente de ISACA Madrid. Y el delegado puede ser interno y externo. Puede ser un servicio que presta una compañía. De esta forma no sería necesario un delegado por empresa sino que varias empresas podrían compartir delegado.

¿Se acabará el spam?

No es posible garantizar que esta práctica se acabará pero si se va a reducir de forma considerable el envío de publicidad que nos llega al buzón a nuestro nombre. Y en este sentido la Agencia española de protección de datos, AEPD, recomienda la inscripción en la lista Robinson, un fichero gratuito de exclusión publicitaria.

El truco del sorteo

Dada la importancia del consentimiento explícito, ahora algunas empresas están incentivando que el consumidor lo dé motivándole con sorteos o regalos. "Te incentivan a que digas que sí para poder seguir enviándote publicidad", explica el experto Antonio Ramos

¿Existe alguna especificación especial en nuestro país?

El nuevo reglamento de protección de datos es de aplicación en toda la Unión Europea, y es lo suficientemente concreto y específico, pero ciertamente en cada país hay determinadas casuísticas especiales, y es ahí donde entran las correspondientes agencias de protección de datos nacionales para ser más restrictivos (nunca lo contrario), o más específicos de la norma europea.

*Para cualquier duda sobre el nuevo reglamento, la Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una guía que puede consultarse en su página web en este enlace

 
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