Tribunales
Caso Urdangarin

Nóos, la batalla perdida de la fiscalía

Iñaki Urdangarin ha sido condenado a cinco años y diez meses de prisión frente a los diecinueve años y medio que pidió inicialmente el fiscal

Iñaki Urdangarin llega a la Audiencia de Palma / Europa Press

Madrid

El Tribunal Supremo emplea un argumento fundamental para rebajar aun más la condena a Iñaki Urdangarin respecto de los seis años y tres meses que le impuso la Audiencia de Palma: los magistrados están vinculados a los hechos declarados probados en la sentencia de la Audiencia que no pueden modificar sin oir a las partes. Es decir, la sentencia de instancia fue la que ya puso los cimientos para que la condena a Iñaki Urdangarin fuera lo más benévola posible. Es un argumento que se repite a lo largo de toda la respuesta del Supremo al recurso de la fiscalía. Por poner un ejemplo esta frase: "aunque se suscriba íntegramente el razonamiento del fiscal, tropezaríamos con obstáculos insorteables para encajar los hechos sin retorcer algunas aseveraciones que la Audiencia de Palma proclama"

Los contratos en Baleares

La fiscalía pidió elevar hasta los diez años la condena a Urdangarin pero, aunque se usan buenas palabras, su recurso se rechaza íntegramente. El fiscal pedía más pena por un delito de malversación agravada en uno de los contratos con el govern de Jaume Matas pero no se concede porque el Tribunal Supremo entiende que a pesar de que la utilidad social de este contrato "dista de ser esencial, antes más bien, resulta más que discutible" no ha quedado acreditado el daño al servicio público que supuso ese gasto: Más de 600.000 euros que desembolsaron instituciones públicas a pesar de, según el fiscal, “la falta de liquidez que sufrían las entidades públicas que se comprometían a esos pagos”. Dinero, entre otras cosas, que iba destinado a la creación de un observatorio de turismo y deporte que nunca llegó a funcionar

El alto tribunal revoca el delito de falsedad documental por el que había sido condenado Iñaki Urdangarin y, además, no aprecia la malversación continuada que pedía el fiscal por los dos foros de turismo y deporte que organizó en Baleares. La sala sostiene por unanimidad que, "se simularon los acuerdos adoptados y las actas que lo documentaban. No sólo se omitió cualquier tramitación administrativa sino que además se prescindió de exigir algo tan elemental como la justificación del gasto. Los principios esenciales de la actuación administrativa no fueron arrumbados sino pisoteados". Sin embargo, no hay un delito de malversación continuada porque "la gestión desidiosa, incluso desleal o dilapidadora, el despilfarro no quedan indudablemente incardinados en la malversación y no se ha podido acreditar que el precio del evento, celebrado efectivamente, se apartase de los precios de mercado". 2,3 millones de euros por dos foros en Baleares y 2,7 millones de euros por otros tres en Valencia. Este tipo de conductas, concluye la sala, "podían hacerse acreedores de un reproche político y muy probablemente de responsabilidad contable pero no del reproche penal".

Los contratos en Valencia

Lo que más llama la atención es la absolución por los contratos de Iñaki Urdangarín en Valencia. No hay prevaricación y no hay falsedad documental, a pesar de que se antedataron informes para justificar los foros adjudicados al Instituto Nóos.

El Supremo reconoce las dudas que pudieron surgir entre los acusados a la hora de elegir la normativa a aplicar pero subraya que "desde el momento en que la sentencia de la Audiencia de Palma considera que los cargos públicos actuaban en la creencia de que los marcos normativos eran los correctos y se ajustaban a la legalidad", no hay posibilidad de emitir un fallo condenatorio. Y tampoco hay condena por el delito de falsedad documental a los dos acusados de antedatar informes para justificar los contratos con Urdangarin en Valencia porque "la fecha no es un dato significativo", ya que "la exactitud de la fecha es elemento inocuo". Dichos informes se fabricaron después de que la sindicatura de cuentas valenciana advirtiera de que no se había justificado la utilidad social de los foros de turismo y deporte del Instituto Nóos. Así, se fabricaron ad hoc y se puso una fecha previa a la celebración de los mismos.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00