Tribunales
Libertad expresión

Tres meses de cárcel por tuitear mensajes como "soy del GRAPO, puta España"

La sala de apelaciones de la Audiencia Nacional revoca una sentencia absolutoria de este mismo organismo e impone tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación a un joven que escribió cosas como "Policía bueno, policía muerto" en Twitter

Getty Images

Madrid

La sala de apelaciones de la Audiencia Nacional ha decidido imponer tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación a un joven que escribió en Twitter frases como "Soy del GRAPO, puta España" o "por cada familia desahuciada, una sucursal quemada". Los tres magistrados revocan la absolución dictada en marzo por sus compañeros de la sección segunda y entienden que ese tipo de mensajes constituyen "una invitación a la utilización de métodos terroristas". 

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El acusado, un joven canario de 25 años, escribió casi treinta mensajes a lo largo de cuatro años en su cuenta de 250 seguidores con mensajes como "Policía bueno, policía muerto", "Soy del GRAPO puta España", "El 11-S no fue un drama, fue Justicia" o "Colgaremos al último político con las tripas del último policía". 

Unos mensajes que para la sección segunda de lo penal podían no ser "socialmente admisibles ni tolerables" pero tampoco un delito de odio o de enaltecimiento del terrorismo, y que para sus compañeros de la sala de apelaciones sí son delictivos: allí donde la primera sentencia declaraba probado que los 'tuits' respondían a una manera "aireada y exagerada" de exteriorizar "su protesta y disconformidad con la sociedad en la que vive", en la segunda se entiende que sus mensajes son "un incentivo indirecto a apreciar de manera positiva la realización de un acto criminal, y tienen como fin desencadenar un reflejo emocional de hostilidad, incitando y promoviendo el odio y la intolerancia". 

La sentencia - la primera en la que la sala de apelaciones revoca la absolución de un usuario de Twitter por este tipo de mensajes - le impone tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación por un delito de enaltecimiento del terrorismo, ordenando también el borrado de sus mensajes en Twitter. Fuentes de su defensa confirman a la Cadena SER que ya han llevado el caso ante el Tribunal Supremo. 

"Incentivos" al terrorismo

A lo largo de la sentencia, los magistrados Eloy Velasco, Enrique López y José Ramón Navarro examinan la doctrina tanto nacional como internacional sobre la libertad de expresión y el enaltecimiento del terrorismo, examinando sentencias como las de César Strawberry, Cassandra Vera, el abogado Arkaitz Terrón o el rapero Valtonyc y también resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo para concluir que es necesario que estos mensajes generen un "riesgo abstracto" y que esto es "un incentivo indirecto al lector potencial a apreciar de manera positiva la realización de un acto criminal".

Cassandra Vera fue finalmente absuelta por el Supremo / Víctor Lerena

En este caso, los tres magistrados llevan la contraria a sus compañeros de la Audiencia Nacional y explican que estos 'tuits' son "sin lugar a dudas una justificación de los medios violentos y una invitación a la utilización de métodos terroristas", presentando "el asesinato de policías y banqueros como algo necesario". Estos mensajes, dicen los magistrados, "rezuman un discurso de aniquilación del adversario ideológico en un marco de clara hostilidad y deseo de violencia".

Barcelona y Cambrils

Los jueces rechazan los argumentos del condenado - que en el juicio negó promocionar o apoyar ningún tipo de terrorismo - pero sí ponen encima de la mesa el historial del terrorismo en nuestro país para hacer una lectura favorable de la doctrina europea sobre libertad de expresión: "No podemos soslayar que en España se han producido un sinfín de actos terrorista de naturaliza muy diversa, en concreto el último en agosto de 2017 costando la vida a quince personas", dicen sobre el atentado yihadista de Barcelona y Cambrils.

Los jueces destacan los atentados de Barcelona y Cambrils / Alberto Pozas

Serán los magistrados de lo penal del Tribunal Supremo los que tomen una decisión definitiva sobre este caso después de que la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional se haya adherido por completo al voto particular contrario del magistrado conservador Juan Pablo González, y al recurso de la Fiscalía: llegan a destacar que, en el momento en que fueron escritos los 'tuits', ETA acababa de anunciar su alto el fuego, había "frecuentes manifestaciones en las que se produjeron ataques y lesiones a miembros de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado", también que "era muy frecuente la ejecución de actos violentos relacionados con la ejecución de sentencias de desahucio" y que hubo "diversos atentados a entidades bancarias atribuidos a grupos terroristas de ideología anarquista".

 
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