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Derecho constitucional

La frase de Quim Torra "no es motivo para aplicar el artículo 155"

Varios catedráticos de Derecho Constitucional coinciden al asegurar la frase utilizada por el presidente de la Generalitat, Quim Torra en las que hablaba de "atacar" al Estado español, no son motivo para volver a aplicar el artículo 155 de la Constitución

El presidente de la Generalitat Quim Torra / Europa Press - Archivo EUROPA PRESS

Madrid

Varios catedráticos de Derecho Constitucional coinciden al asegurar la frase utilizada por el presidente de la Generalitat, Quim Torra en las que hablaba de "atacar" al Estado español, no es motivo para volver a aplicar el artículo 155 de la Constitución.

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“Se trata de una expresión que puede ser considera desafortunada o que persigue mantener vivo el desafío soberanista pero en ningún caso tienen efecto jurídico”, aseguran los expertos, como el catedrático, Germán Gómez Orfanel.

En este mismo sentido se ha pronunciado este lunes la fiscal general del Estado, María José Segarra, quien ha manifestado que su cometido no es "comentar pronunciamientos políticos" del presidente catalán ni de sus relaciones con el gobierno español, pero matiza que “son manifestaciones de un representante político y ahí están sin mas". Al tiempo que recuerda que la Fiscalía está para "juzgar hechos y concretos" y "no tiene causas contra el independentismo".

En las declaraciones realizadas este viernes por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, frente a la prisión de Lledoners (Barcelona), el presidente catalán afirmó que el Govern que lidera sabe que "lucha por una causa justa, por un país que lucha por la democracia y la libertad", y aseveró: "No vamos a defendernos, vamos a atacar a este Estado injusto".

Sánchez en manos del PP

Si el Gobierno se decide a iniciar los trámites para aplicar el artículo 155 tendría que repetir los pasos dados por el ejecutivo de Mariano Rajoy, pero con una importante diferencia. Los socialistas quedarían a merced de lo que decida el Senado donde el Partido Popular tiene mayoría absoluta.

Es decir, el Gobierno de Pedro Sánchez podría promover las iniciativas que considere necesarias y el Senado podría modificarlas gracias a la contundente mayoría popular en esa cámara parlamentaria.

Vuelta al inicio

Cuando una Comunidad Autónoma no cumple las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actúe de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Este es el detonante para poner en marcha el articulo 155 en el que para la ejecución de las medidas previstas el Gobierno podrá dar instrucciones para el requerimiento formal al presidente de la Comunidad Autónoma afectada para que cese en su actitud,

El Gobierno se dirigía entonces por escrito al presidente de la Cámara alta, con el contenido y alcance de las medidas propuestas y la justificación de haberse realizado el correspondiente requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y la de su incumplimiento. A partir de ahí, la Mesa del Senado (órgano de gobierno de la Cámara alta) remite la documentación a la Comisión General de las Comunidades Autónomas (uno de los grupos ordinarios de trabajo) del Senado.

Una vez notificadas todas las comisiones, el Senado requiere por escrito al presidente de la comunidad que le enviase "cuantos antecedentes, datos y alegaciones considere pertinentes" para el asunto y le daría la opción de designar, "si lo estima procedente, la persona que asuma la representación a estos efectos"

En cuento se presenten las alegación, la Comisión del Senado formulará propuesta razonada sobre si procede o no la aprobación solicitada por el Gobierno, con los condicionamientos o modificaciones que, en su caso, sean pertinentes en relación con las medidas proyectadas.

El último trámite es el debate y votación en el pleno del Senado y concluido este se procederá a la votación de la propuesta presentada, siendo necesario para la aprobación de la resolución el voto favorable de la mayoría absoluta de senadores".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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