Tribunales

El Supremo frena la contratación abusiva de interinos en organismos públicos

Tumba el cese de interinos y obliga a mantenerlos en su puesto mientras se analiza la creación de un puesto fijo

El alto tribunal resuelve el caso de trabajadores del servicio de salud vasco y el Ayuntamiento de Vitoria

EFE

Madrid

Freno del Tribunal Supremo a la contratación masiva y fraudulenta de interinos en las administraciones públicas. El alto tribunal ha declarado irregular el cese de estos interinos mantenidos en su puesto de forma abusiva, obliga a la administración pública a analizar si debe crear un puesto fijo de trabajo si lo necesita y establece un nuevo sistema de indemnizaciones para los trabajadores afectados. 

El alto tribunal establece esta doctrina en dos sentencias en las que resuelve el caso de dos interinos del País Vasco: una, auxiliar administrativa, llevaba más de una década trabajando para el Osakidetza y el otro otra década para el Ayuntamiento de Vitoria

En cuanto a su pérdida de trabajo, los jueces de lo contencioso-administrativo declaran nulo el cese de ambos interinos, obligando al consistorio y al servicio vasco de salud a mantenerles en su puesto y cobrar todos los sueldos que hayan dejado de cobrar desde su despido. Mientras tanto, explica el Supremo, la administración afectada debe valorar si debe crear una plaza fija allí donde tantos años ha tenido trabajando a un interino de forma fraudulenta para cubrir un puesto de trabajo. 

En el caso de la auxiliar administrativa del Osakidetza, el Supremo alude al artículo 9 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, donde se insta a "valorar, en su caso, si procede la creación de una plaza estructural en la plantilla del centro". En el caso del Ayuntamiento de Vitoria, alude al artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y en ambos casos recuerda: si opta por no crear el puesto fijo de trabajo, no podrá volver a cubrir esa silla con interinos. 

Indemnizaciones

El interino afectado por esta situación no puede ser despedido, pero la nueva doctrina tampoco le garantiza el puesto de trabajo en esa nueva plaza fija que salga de un hipotético proceso de creación. Allí donde antes la Justicia procedía a reconocerles como indefinido no fijo y a indemnizarles por todo el sueldo cobrado de menos en comparación, ahora el Supremo establece que será el trabajador afectado el que calcule el dinero que ha perdido pero sin compararse con un trabajador fijo. 

Se requiere al interino afectado que explique "qué daños y perjuicios" sufrió y la "realidad de tales daños y/o perjuicios" para ser cuantificado en la fase de ejecución de sentencia. 

 
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