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Cataluña

La huelga de hambre, un nido de problemas

La intervención de los jueces de vigilancia penitenciaria se intensifica en los casos de huelga de hambre porque deben autorizar todas las medidas médicas y de control y mantener bajo un seguimiento exhaustivo el desenlace de la huelga

Jordi Sanchez, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raul Romeva y Carles Mundo, en un cartel / Getty Images

Jordi Sanchez, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raul Romeva y Carles Mundo, en un cartel

Madrid

La huelga de hambre es una forma de reivindicación frecuente en prisiones y puede llegar a ocasionar multitud de problemas de todo tipo, no sólo en la salud de los huelguistas sino tanto a la Administración penitenciaria como a los médicos encargados de la asistencia a los presos que la hacen.

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La intervención de los jueces de vigilancia penitenciaria se intensifica en los casos de huelga de hambre porque deben autorizar todas las medidas médicas y de control y mantener bajo un seguimiento exhaustivo el desenlace de la huelga, para preservar el derecho a la vida de los internos frente al derecho a la huelga. Esto no quiere decir, que los jueces de vigilancia penitenciaria vayan a impedir la huelga pero si se dan circunstancias especiales como un deterioro manifiesto de la salud que ponga en peligro la vida del interno pueden ordenar su medicación forzosa.

Según fuentes penitenciarias, los jueces deben requerir a la administración penitenciaria correspondiente un informe diario sobre la evolución de los pacientes, su medicación y tratamientos para mantener el control jurídico del desafío.

El juez de vigilancia terciaria se posiciona así como un juez de garantías para garantizar el derecho a la salud y a la vida del interno. Esta relación de sujeción permite a los jueces intervenir cuando sea necesario

Eta

Todos los internos tienen de derecho a la huelga pero esta debe ser controlada por el juez de vigilancia penitenciaria como se ha hecho en otros casos anteriores donde las huelgas han sido también parte de un desafío al Estado como en el caso de los etarras De Juana Chaos o BolinagaFueron los casos más conflictivos, reconocen estas fuentes,para la administración penitenciaria.

El terrorista del sanguinario comando Madrid, Ignacio De Juana Chaos, protagonizó durante dos años largas huelgas de hambre para protestar por su situación judicial. El etarra estuvo 115 días sin comer en el año 2007. Al año siguiente protagonizó su última huelga.

En agosto de 2012, El preso de ETA Josu Uribetxebarria Bolinaga, que vigilo el secuestro de José Antonio Ortega Lara mantuvo una huelga de hambre durante 15 hasta que abandonó su ayuno' dada su situación de extrema debilidad'.

El Supremo informado

Como se trata de presos preventivos recluidos en cárceles catalanas y aunque están pendientes del juicio en el Tribunal Supremo, la vigilancia de la evolución de la huelga corresponde a las autoridades de instituciones penitenciarias catalanas al tener transferidas las competencias en esta materia, pero el Centro penitenciario donde están recluidos debería enviar una comunicación oficial al tribunal sentenciador para explicarle las circunstancias y las novedades del caso, según precisan están fuentes.

El Tribunal Supremo, según los expertos, también debería realizar un seguimiento de la huelga y, llegado el momento de que acudan al juicio, valorar la situación dando traslado a las partes personadas, entre ellas al fiscal, para que expresen su opinión.

Prima el derecho a la vida

La doctrina constitucional prima el derecho a la vida y a la salud sobre la capacidad de decisión y la voluntad libremente expresada de una persona privada de libertad, a la hora de rechazar una intervención médica. El TC español sentó doctrina sobre este asunto con ocasión de la huelga de hambre de los presos de la banda terrorista GRAPO en 1989-90. Como lucha contra la política del Gobierno de dispersión de detenidos por terrorismo, un buen número de presos de esa banda iniciaron una huelga de hambre que se prolongó muchas semanas y que causó mucho sufrimiento y la muerte de uno de los huelguistas. El TC se pronunció sobre la legitimidad de la posibilidad de alimentar forzosamente a los presos en las sentencias 120/1990, 137/1990, 11/1991 y 67/1991.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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