Sociedad

Aumentan un 34% los accidentes de tráfico en vías interurbanas en la Región de Murcia, en lo que va de año

Este lunes entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que suprime la posibilidad de rebasar en 20 Km/h los límites de velocidad al adelantar en carreteras convencionales

Guardia civil de tráficoEFE

Murcia

Virginia Jerez, Jefa Provincial de Tráfico de Murcia, ha explicado que en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial "se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 Km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales cuando adelantan a otros vehículos". Jerez ha añadido que "en lo que llevamos de año, en vías interurbanas, el número de siniestros viales con víctimas ha aumentado un 34% en nuestra Región y estas modificaciones bien seguro que contribuirán a su reducción".

Entre otras novedades en la nueva ley se contempla la penalización con retirada de 6 puntos del carnet usar el teléfono móvil mientras se conduce.  Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales en nuestro país y están detrás del 50% de los accidentes con víctimas en la Región de Murcia .

También aumenta de 3 a 4 puntos la penalización por no usar correctamente el cinturón de seguridad, los dispositivos de retención infantil o el casco, en el caso de motocicletas. En la Región de Murcia el 45% de los fallecidos en accidentes en tráfico el pasado año no hicieron uso de alguno de estos dispositivos de seguridad.

La nueva ley incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Para recuperar los puntos del carnet que hayan sido retirados será necesario esperar un plazo de dos años sin cometer infracciones. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida

 
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