Sociedad

La Diputación mantiene la mascarilla al personal de la campaña de la Renta

La institución foral ha tomado la decisión por la afluencia masiva de ciudadanos que se espera de aquí a finales de junio

Edificio de la Hacienda Foral de Álava / Goggle Maps

Vitoria

A la espera de conocer al detalle el decreto con el que el Gobierno retira la obligatoriedad de las mascarillas, la Diputación ha remitido una circular sobre el uso de la mascarilla para sus trabajadores. En esta circular no está incluidos los empleados de los servicios sociales que dependen del Instituto Foral de Bienestar Social y que de momento no ha hecho públicas sus directrices.

Una de las principales novedades es que el uso de la mascarilla será obligatorio para el personal que trabaja durante la campaña de la Renta y Patrimonio. La decisión se ha tomado por la esperada afluencia masiva de público -40.000 personas de aquí a finales de junio-, es la principal razón señalan desde la Diputación pero también han pesado los problemas que tiene el edificio de la Hacienda alavesa. Es un edificio que tiene una ventilación forzada, una ventilación mecánica y no natural. A ello hay que sumar además que el espacio donde se realizan las declaraciones presenciales de impuestos tiene una altura muy baja.

Esta obligatoriedad es para los trabajadores. Fuentes forales dicen que "no se puede obligar a los ciudadanos", pero recomiendan el uso de la mascarilla en las instalaciones de Hacienda.

La obligatoriedad de la mascarilla se extiende a estos casos:

  • Para el personal que desempeñe funciones de liquidador/a Renta adscrito a la Sección de Renta y Patrimonio (afluencia masiva de público, ventilación forzada, altura limitada del espacio)
  • Para el personal del Servicio de Registro e Inspecciones de Servicios Sociales cuando realice visitas a los centros sociosanitarios.
  • Para las personas que acudan al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para recibir atención sanitaria o realizar reconocimientos de salud, así como para el personal sanitario de dicho Servicio en dichas situaciones.
  • Para el personal con síntomas COVID
  • Para el personal que haya dado positivo a COVID, deberá utilizar de forma constante la mascarilla durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas o al día que le realizaron o realizó la prueba en el caso de las personas sin síntomas.

Además se han incluido una serie de casos en los que se recomienda llevar mascarilla. Son las siguientes:

  • Al personal empleado cuando lleve a cabo atención al público.
  • En las salas de reuniones, vestuarios, zonas de descanso y en todos aquellos espacios de trabajo cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros y no exista ventilación.
  • A las personas vulnerables en situaciones en las que tenga contacto con personas a distancia menor de 1,5 metros.
  • Se consideran personas vulnerables: o a las que tengan 60 años o más. o a las que tengan algún tipo de inmunodepresión. o a las mujeres embarazadas.

Todas estas medidas podrían cambiar en los próximos días, una vez se analice con detalle el decreto aprobado por el Gobierno.

 
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