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El Gobierno de Aragón será el máximo responsable de la coordinación y mando de los incendios

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento del Anteproyecto de Ley de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento elaborado por el Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón. La responsabilidad, hasta ahora, recaía en comarcas, diputaciones y ayuntamientos. El Gobierno unifica los mandos para una mejor coordinación

Los municipios con población superior a 20.000 habitantes – caso de Huesca- deberán prestar el Servicio. En el resto de los casos será el Gobierno de Aragón. Mientras éste crea su organización propia, seguirán siendo las Diputaciones Provinciales o los consorcios u otras entidades asociativas las que garanticen la prestación de este servicio.

Los bomberos profesionales podrán ser funcionarios o personal laboral. Pero, además, el texto reconoce la figura de los bomberos voluntarios. En Aragón hay 860 profesionales --86 en la provincia de Huesca, 59 en la de Teruel y 715 en la de Zaragoza (550 en la capital)--, 37 empleados a tiempo parcial y 385 voluntarios. Según los datos facilitados por el Ejecutivo autonómico, el 92% de la población se encuentra dentro de un intervalo de respuesta de 30 minutos y el 99% en uno de 60 minutos.

Además, el Anteproyecto de Ley que se enviará a Cortes este verano reconoce la condición de agente de la autoridad al personal de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento cuando estén de servicio.

El texto contempla la creación de una Comisión de Coordinación, como órgano consultivo en esta materia, así como de la Academia Aragonesa de Bomberos que tiene como finalidad impartir la formación y el perfeccionamiento del personal dependiente de los diferentes Servicios, y participar en su selección.

El Gobierno regulará, a través de tres reglamentos, la coordinación de los servicios, el personal y la creación de la Academia Aragonesa de Bomberos.

En cuanto a la coordinación, el reglamento desarrollará, en el plazo de un año, la estructura, organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, así como los criterios para la ubicación de los mismos.

Asimismo, establecerá las dotaciones mínimas de personal, instalaciones básicas que deberán reunir el Parque de Bomberos, así como condiciones mínimas exigibles que deberán reunir los diferentes tipos de vehículos, útiles y herramientas utilizadas por el personal.

Con respecto de los incendios forestales, se especifica que la competencia es del Gobierno de Aragón. La organización y coordinación de los operativos de extinción de incendios forestales será ejercida por el Departamento competente en materia de protección civil. La prevención y extinción de los incendios forestales, la determinación del sistema de vigilancia y detección y la investigación de las causas de los incendios forestales dependerá del Departamento competente en Medio Ambiente. 

 
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