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El PAR de Sabiñánigo recurre la aprobación del Convenio de vertidos de la urbanización y golf de Latas

El Grupo municipal del Partido Aragonés (PAR) en el Ayuntamiento de Sabiñánigo ha presentado un recurso de reposición al acuerdo plenario del pasado 25 de agosto, que aprobó el convenio para la definición de las conexiones de la futura urbanización de 2.200 viviendas y campo de golf en el núcleo serrablés de Latas, en las que se incluye el vertido de sus aguas residuales a la red municipal.

El documento planteado por el PAR se estructura en tres motivos esenciales con diferentes argumentos que, en opinión del PAR hacen preciso dejar sin efecto, y por tanto renegociar el convenio, ?por haberse prescindido del procedimiento legalmente establecido y resultar lesivo para los intereses del Ayuntamiento de Sabiñánigo?

El recurso indica que el convenio ?afecta a una de las determinaciones fundamentales del Plan Parcial del sector de Latas y de su Declaración de Impacto Ambiental como es la resolución del sistema de evacuación y depuración de las aguas residuales a través de la red municipal y de la EDAR [Estación Depuradora de Aguas Residuales] de Sabiñánigo?, ?ya que se pasa de la obligatoriedad de construir y mantener una estación depuradora propia a permitir la conexión a la red municipal?. Ello supone ?importantes modificaciones del sistema de infraestructuras justificado y previsto?, e impuesto por la propia Declaración de Impacto.

En consecuencia, el convenio implica cambios en el planeamiento y según la normativa urbanística, su tramitación debe observar diversos requisitos ineludibles que en este caso se han obviado, por el procedimiento de calificarlo indebidamente desde el Ayuntamiento como un ?mero convenio de gestión? y ?una simple modificación del proyecto de urbanización?.

Por otro lado, según el recurso del PAR, y a pesar de lo que indican las normas sobre urbanismo, ?el convenio tramitado ha prescindido tanto del estudio técnico de justificación del cambio de solución de la depuración del sector de Latas y de la capacidad de la EDAR de Sabiñánigo para asumir el incremento de la carga contaminante derivado, como de estudio económico financiero alguno para justificar la importante modificación?. Al igual que en las alegaciones que ya fueron presentadas en su momento, el PAR se reafirma en que la depuradora del municipio no podrá absorber el tratamiento del caudal de la urbanización, por lo que Sabiñánigo deberá afrontar un grave problema de vertidos sobrantes al río Gállego.

La solución de este problema, estima el PAR, será siempre mucho más costosa que la contraprestación de 600.000 euros fijada en el convenio a favor del Ayuntamiento por aceptar la conexión de la urbanización a la EDAR y, al tiempo, por eximirla del cumplimiento de la obligación señalada por la declaración de impacto para construir su propio sistema de depuración, a su vez mucho más costoso que los citados 600.000 euros.

Finalmente, el recurso afirma que ?el convenio se ha aprobado sin las autorizaciones e informes preceptivos de los organismos competentes? en esta materia, como ?la Comisión Provincial de Ordenación el Territorio de Huesca que debía informar la modificación de las condiciones esenciales el Plan Parcial que autorizó en su día; ni el Instituto Aragonés del Agua que gestiona la EDAR de Sabiñánigo y tiene competencia en materia de saneamiento y depuración de los núcleos urbanos; ni de la Dirección General de Calidad Ambiental? que condicionó el proyecto de urbanización a "que se proyectará y construirá una depuradora para el conjunto de toda la urbanización que se irá ampliando a medida que se vayan ejecutando las sucesiva fases?. De hecho, el Ayuntamiento no ha notificado a los citados organismos el convenio ni ?los cambios sustanciales incorporados a la gestión del sector ?, por lo que ?esta omisión invalida la tramitación? al haberse producido un alteración unilateral de la Declaración de impacto, de un Plan parcial y de trascendentales aspectos relativos a la EDAR.

En coherencia con lo anterior, ?copia de este recurso de reposición es remitido a las citadas administraciones y organismos? a fin de que adopten las determinaciones oportunas dirigidas a requerir del Ayuntamiento de Sabiñánigo que realice las solicitudes y procedimientos imprescindibles.

Tras la presentación de este recurso, con fecha de entrada en el Ayuntamiento de 21 de septiembre, el portavoz del PAR, Pedro Grasa, ha declarado que ?estamos cumpliendo con nuestra responsabilidad como representantes de los vecinos y en defensa de los intereses comunes de Sabiñánigo. Queremos que se hagan las cosas pero que se hagan bien, mientras que en este caso no sólo están mal hechas, a sabiendas del Alcalde, sino que incluso perjudican al municipio, y mucho más en el futuro. No pasa nada por rectificar y por negociar un nuevo convenio y unas conexiones y vertidos acordes con una urbanización que, en la práctica, supone casi duplicar la población de Sabiñánigo, eso sin contar las más de cuatro mil nuevas viviendas que se van a construir en el casco urbano en próximos años?

 
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