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Identificado el espectador que lanzó una cáscara de plátano a Vinicius en el Carlos Belmonte

Se enfrenta a una sanción económica de hasta 650.000 euros y una posible prohibición de acceso a recintos deportivos

Vinicius Jr en uno de los lances del partido contra el Albacete Balompié

Vinicius Jr en uno de los lances del partido contra el Albacete Balompié / Quality Sport Images

Vinicius Jr en uno de los lances del partido contra el Albacete Balompié

Albacete

Lo ha anunciado la Policía Nacional en nota de prensa. El espectador que lanzó una piel de plátano a Vinicius durante el partido de Copa del Rey, que enfrentó al Albacete Balompié con el Real Madrid en el Carlos Belmonte, ha sido identificado.

Más información

El suceso tuvo lugar el pasado 14 de enero. La policía ha explicado en nota de prensa que ha conseguido identificarlo "gracias a los medios técnicos y el dispositivo de seguridad establecido" en la victoria del Alba ante el Madrid. Este espectador ha sido ya propuesto para una sanción administrativa a través de la Ley 19/2007 de 11 de julio contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

Una normativa que establece sanciones que van desde los 150 euros por acciones leves hasta los 650.000 por hechos muy graves.

¿A qué sanciones se enfrenta?

La Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte establece un régimen sancionador con multas económicas que van desde los 150 euros (leves) hasta los 650.000 euros (muy graves), además de inhabilitaciones y prohibiciones de acceso a recintos deportivos. Busca erradicar conductas intolerantes en eventos deportivos.

Tipos de Sanciones y Multas

  • Infracciones Leves: Multas de 150 a 3.000 euros.
  • Infracciones Graves: Multas de 3.000,01 a 60.000 euros.
  • Infracciones Muy Graves: Multas de 60.000,01 a 650.000 euros. 

Otras Sanciones y Medidas

  • Prohibición de acceso: Prohibición de entrada a recintos deportivos.
  • Inhabilitación: Inhabilitación para organizar espectáculos deportivos o actuar como clubes.
  • Privación de abonos: Los clubes deben cancelar la condición de socio o abonado a los sancionados.
  • Registro: Las sanciones se comunican al Registro Central de Sanciones, dependiente del Ministerio del Interior. 

Conductas Sancionables

  • Actos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes definidos en la ley.
  • Incumplimiento de obligaciones por organizadores, clubes o espectadores.
  • Introducción o consumo de bebidas alcohólicas, drogas o armas en recintos deportivos.
  • Venta de productos peligrosos dentro de las instalaciones. 

El régimen sancionador se regula en el Título II de la ley y se aplica para asegurar la seguridad y el respeto en el ámbito deportivo.

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