Condenado en Palencia a 18 años y nueve meses de cárcel por violación y maltrato habitual a su esposa
La condena incluye una indemnización para la víctima de 64.260 euros por daños morales y casi 30 años de prohibición de acercamiento a la mujer

Audiencia de Palencia /

Palencia
En una sentencia que no es firme, la Audiencia de Palencia ha condenado a un vecino de la capital, J.F.P.J., a una pena global de 18 años y nueve meses de prisión como autor responsable de un delito continuado de violación, otro de maltrato habitual y un tercero contra la integridad moral de la víctima en la persona de su esposa, según publican los rotativos palentinos.
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, incluye en su apartado de responsabilidad civil una indemnización en favor de la víctima, cuantificada en 64.260 euros, y también dispone casi 30 años de prohibición de acercamiento o comunicación con la mujer.
Concretamente, la audiencia condena al hombre a 15 años de cárcel por el delito continuado por violación, dos años por un delito contra la integridad moral de la víctima y 21 meses por el delito de maltrato habitual, mientras que le absuelve de los cargos de maltrato de obra, injurias, amenazas leves y coacciones de las que inicialmente también había sido acusado.
Cabe recordar que el condenado en primera instancia, se enfrentaba inicialmente a una pena global solicitada por el fiscal de 24 años de prisión como presunto autor de hasta nueve delitos cometidos contra su esposa. Por su parte, la acusación particular ejercida por la víctima elevó dicha petición de penas de prisión hasta los 52 años por los mismos cargos, mientras que la Asociación Clara Campoamor solicitaba para el procesado un total de 33 años de cárcel. La defensa del acusado, mientras tanto, había pedido la libre absolución de su patrocinado al negar todos los cargos que se le imputaban.
La sentencia da por probado que «J. F. P. J. impedía a su pareja relacionarse con normalidad con los suyos, limitando sus salidas del hogar familiar si no eran en su compañía. La mujer accedía a no tener casi contacto con terceros a sabiendas que, si le contravenía, el sujeto la golpearía o la insultaría. Asimismo, con el ánimo de causarle temor, en las discusiones le hacía saber que podía matarla», agrega el fallo.
«En el invierno de 2019, le lanzó el móvil a la cara y con ánimo de humillarla y tras atarle las manos por detrás, le hizo comer como si fuera un perro, poniéndola a cuatro patas, galletas trituradas con agua, a la vez que le daba golpes en el trasero. El ánimo de humillarla y vejarla era una constante en su relación, ya que la aobligaba a maquillarse y vestirse como una prostituta. En una ocasión, la llevó a un club de alterne contra su voluntad para que viera lo que hacían las mujeres y luego la obligaba a realizar prácticas sexuales que suponían una humillación para ella, relata el fallo.
«En la madrugada del 9 de enero de 2020, el acusado empezó a golpearle la cabeza, le tiró de las orejas, le metió un calcetín en la boca para que no pudiese hablar, le introdujo los dedos en los ojos y le ató las manos por detrás con el cinturón de una bata, logrando la mujer desatarse en un descuido de J. F. P. J. y huir en pijama y zapatillas para refugiarse en casa de su madre», concluye la sentencia.




