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Condenado a 11 años de prisión por violar a una menor a la que conoció en Instagram

La Audiencia Provincial de Valladolid impone además libertad vigilada, varias prohibiciones y una indemnización a la víctima

Edificio de la Audiencia Provincial de Valladolid / Miriam Chacón (Ical)

Edificio de la Audiencia Provincial de Valladolid

Valladolid

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un hombre de 22 años a 11 años de prisión como autor de un delito continuado de violación cometido sobre una menor de 14 años, a la que conoció a través de la red social Instagram. Los hechos ocurrieron entre 2023 y 2024, según recoge la sentencia 277/2025, fechada el 19 de diciembre de 2025.

El tribunal considera probado que el condenado y la víctima iniciaron contacto virtual y mantuvieron varios encuentros presenciales durante los cuales se produjeron actos sexuales. La Sala subraya que el procesado era plenamente consciente de la edad de la menor, pese a lo cual continuó la relación y mantuvo relaciones sexuales con ella. La sentencia recuerda que, tratándose de una menor de 16 años, el consentimiento carece de validez jurídica.

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Aunque la Fiscalía y la acusación particular solicitaron la aplicación de agravantes por intimidación, abuso de superioridad y vulnerabilidad de la víctima, la Audiencia descarta estos supuestos al no considerarlos acreditados con la contundencia necesaria. También rechaza la posibilidad de aplicar la cláusula de exención del artículo 183 bis del Código Penal, al existir una clara asimetría de edad y madurez entre ambos.

Además de la pena de prisión, el tribunal impone 12 años de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima; 16 años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que implique contacto regular con menores y 8 años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de cárcel.

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Hoy por Hoy Matinal Valladolid (02/02/2026)

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En materia de responsabilidad civil, la Audiencia fija una indemnización de 15.000 euros para la menor por daños morales y psicológicos, además de 101,41 euros al Sacyl por los gastos médicos derivados de la atención sanitaria.

La Sala absuelve al acusado del delito leve de coacciones por el que también estaba siendo procesado, al considerar que no existían elementos suficientes para sostener esa acusación.

La sentencia es recurrible ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días.

 

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