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Condenados a 20 y 12 años de cárcel dos hombres que violaron en grupo de una menor en la Vall d'Albaida

Uno de los dos condenados la violó en dos ocasiones distintas la misma noche en un paraje ubicado en esta comarca valenciana

Vista general de la Ciudad de la Justicia de València en una imagen de archivo. / Manuel Bruque (EFE)

Vista general de la Ciudad de la Justicia de València en una imagen de archivo.

València

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a sendas penas de 20 y 12 años de prisión, respectivamente, a dos hombres que abusaron sexualmente de una menor, de 14 años en el momento de los hechos, durante una fiesta celebrada el 27 de septiembre de 2020 en un paraje ubicado en la comarca de la Vall d'Albaida.

La Sala impone a cada uno de los penados 12 años de prisión como autores de un delito de abuso sexual a menor de 16 años cometido durante la celebración, y les prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de 16 años.

A uno de ellos, además, le impone otros ocho años de cárcel por un segundo delito de abuso sexual, cometido tras la fiesta en una vivienda deshabitada del mismo municipio, así como la prohibición de comunicación y aproximación a la perjudicada durante otros 10 años, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Daños morales

Ambos deberán pagar a la perjudicada de forma conjunta y solidaria una indemnización de 50.000 euros por los daños morales que sufrió a consecuencia de los abusos. La sentencia, que absuelve a otros dos condenados inicialmente, no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Los cuatro acusados de la denominada 'manada' de la Vall d'Albaida negaron los hechos en la vista en un caso en el que, según apuntaba la Guardia Civil, la menor pudo haber sido violada por hasta 15 personas, algunas de ellas no identificadas entre los dos escenarios en los que ocurrieron los hechos.

Los hechos ocurrieron la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando la víctima acudió a la fiesta junto a una amiga y en ella coincidió con los dos individuos condenados y un número indeterminado de personas, la mayoría de ellos, hombres.

Los condenados eran "plenamente conscientes" de su edad

Tal y como recoge la sentencia, la menor tomó bebidas alcohólicas que afectaron a sus capacidades físicas y a su voluntad y comenzó a bailar con los ahora condenados, quienes eran "plenamente conscientes" del estado en que se encontraba y de la edad que tenía.

A continuación, bien llevada o bien acompañada por ellos, la víctima se encontró en otro punto, que es una zona apartada, aunque no lejana del sitio en el que se celebraba el baile. Allí, los dos condenados mantuvieron relaciones sexuales con ella de forma simultánea e intercambiándose las posiciones.

La chica se hallaba en una situación en la que no podía ver, pero sí escuchó hablar a los condenados y sintió además que otros hombres se intercambiaban también la posición con los dos penados o miraban lo que ocurrían, aunque no pudiera reconocer a ninguno de ellos.

Poco después de estos hechos, cuando la víctima ya estaba llegando a la casa donde iba a pasar la noche, recibió varios mensajes de uno de los condenados en los que este le proponía hacer un trío.

La menor acudió con ese acusado a una casa deshabitada de la misma localidad donde se encontró con el otro participante, que había sido invitado a esta práctica sexual por el anterior.

Uno de ellos, que ha resultado absuelto, se fue en cuanto mantuvo relaciones sexuales con la niña, a la que no conocía previamente de nada. Por el contrario, el otro continuó abusando de ella hasta la siete de la mañana, cuando se fueron a sus respectivas casas.

La víctima no sufrió lesiones físicas, pero sí daños morales y denunció los hechos ante la Guardia Civil en compañía de su madre.

Dos absueltos

El Tribunal ha absuelto a dos de los cuatro acusados, uno de ellos el que participó en los hechos ocurridos en la vivienda deshabitada, que estaba acusado de un delito de abuso sexual, y el otro por un delito de corrupción de menores.

Respecto del primero, la Sala entiende que no hay suficientes pruebas para condenarle ya que, pese a que participó en el trío, a diferencia de los dos penados, no estaba en posición de plantearse la edad que tenía la chica.

La sentencia precisa que este acusado recibió una llamada de uno de los dos condenados para acudir al lugar y participar en un trío, pero no tuvo tiempo de "valorar sobre las condiciones y circunstancias personales" de la víctima, pues el lugar tenía poca iluminación y estuvo el tiempo justo de la práctica sexual.

En cuanto al otro hombre absuelto, que llevó a la víctima a casa de su abuela tras el primer episodio de abusos, y que estaba acusado de un delito de corrupción de menores, la Audiencia no ha hallado pruebas de que hubiera solicitado a la menor que le hiciera una felación, como sostenían las acusaciones.

Fiscalía pedía para uno de los jóvenes la pena de 24 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menor de 16 años; otros dos se enfrentaban a 12 años de cárcel por abuso sexual; y para el último reclamaba cinco años por un delito de corrupción de menores.

Comportamiento "absolutamente monstruoso"

El fiscal, en la lectura de sus conclusiones, sostuvo que el comportamiento de los acusados con la menor fue "absolutamente monstruoso, de unos seres absolutamente sin ningún tipo de escrúpulos, sin la menor empatía y con un total desprecio por la víctima", a la que aseguró que trataron "como un objeto, como un trapo, como un trozo de carne para satisfacer sus apetencias".

016: teléfono contra la violencia machista

El 016 atiende a todas las víctimas de violencia machista las 24 horas del día y en 52 idiomas diferentes, al igual que el correo 016-online@igualdad.gob.es. También se presta atención mediante Whatsapp a través del número 600 000 016, y los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 202 010.

En una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062), y en caso de no poder llamar se puede recurrir a la aplicación 'Alertcops', desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización. El 016 no deja rastro en la factura telefónica aunque sí que hay que borrarlo del registro de llamadas del dispositivo si no queremos que aparezca.

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