Sociedad

El Supremo niega el carácter adoctrinador del manual andaluz de EpC

El alto tribunal dice que no existe el derecho de objeción frente a ninguna asignatura y que el manual "no incluye las valoraciones sesgadas que le atribuye el tribunal andaluz"

Los magistrados revocan la sentencia del Tribunal de Justicia de Andalucía que había dado la razón a los padres de un alumno para que no cursara la asignatura

El Tribunal Supremo ha respaldado a la desaparecida asignatura de Educación para la Ciudadanía. La sala de lo contencioso - administrativo ha revocado la sentencia del Tribunal de Justicia de Andalucia que declaró que un manual que se estudiaba en Andalucía era adoctrinador. El alto tribunal dice que no existe el derecho de objeción frente a ninguna asignatura y que el manual "no incluye las valoraciones sesgadas que le atribuye el tribunal andaluz".

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El Tribunal Supremo ha estimado los recursos de la Junta de Andalucía, el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal contra la sentencia del Tribunal de Justicia de Andalucía que declaró adoctrinador un manual de la asignatura Educación para la Ciudadanía. En una sentencia durísima con el tribunal andaluz, la sala de lo contencioso - administrativo señala que "adoctrinar es inculcar determinadas ideas, tomar parte y pretender que el alumno las asuma". Sin embargo, este libro de texto expone y "la exposición no inculca, informa, y la información de este manual no incluye las valoraciones sesgadas que le atribuye la sala". La sala, añade, "para evitar la perplejidad que causa debería haber explicado la decisión que implica mantener para el resto de alumnos un manual que ella misma declara adoctrinador pues si lo es para uno, lo es para todos".

Los magistrados subrayan que declarar el carácter adoctrinador de un libro de texto "es una imputación gravísima porque implica, ni más ni menos, que manipula sus conciencias". Una declaración a la que se debe llegar cuando sea "evidente" y no cuando provenga de "interpretaciones extraídas de su contexto, suposiciones de los recurrentes relacionadas con sus creencias".

La sentencia concluye asegurando que nuestro ordenamiento jurídico "no reconoce el derecho de objeción a ninguna asignatura".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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