Economia y negocios
APLASTADO POR UN CONTENEDOR

Una jueza de Madrid investiga si hubo delito en la muerte de un trabajador

El juzgado número 22 de la capital ha interrogado como imputados a dos responsables de Railsider por la muerte de un trabajador en enero de 2015 aplastado por un contenedor

Fotografía del lugar del siniestro / Cadena SER

Madrid

Eran las siete y diez de la mañana del jueves 15 de enero de 2015 cuando Miguel, de 53 años y con nueve de experiencia en el sector, se vio atrapado bajo un contenedor de más de treinta toneladas que intentaba manejar en el centro logístico de Renfe en el polígono de El Salobral. Sus compañeros consiguieron sacarle y los servicios de emergencias le trasladaron en estado crítico al Hospital 12 de Octubre, donde los médicos no pudieron hacer nada por su vida tras haber estado sin oxígeno prácticamente quince minutos.

Ahora el juzgado de instrucción nº 22 de Madrid investiga si la muerte de este trabajador fue un accidente imposible de prever o si la empresa pudo haberlo evitado con una mayor prevención de riesgos laborales. Lo hace después de una denuncia de las dos hijas y la viuda del fallecido hayan llevado el caso ante los tribunales: una de ellas presenció el suceso, siendo trabajadora de la misma empresa. El mando inalámbrico con el que habitualmente manejaban estos contenedores estaba estropeado y tenían que utilizar uno que colgaba de un cable: se colocó entre dos contenedores para alinearlos y lo próximo que escucharon los camioneros que estaban en la zona fue un fuerte ruido para después verle aprisionado.

La jueza Patricia Jiménez-Alfaro decidió archivar el caso el pasado 26 de octubre, por entender que no existían indicios de una falta de prevención de los riesgos y por tanto de delito. Se basaba en un informe de la Inspección de Trabajo para asegurar que "no existe la infracción de las normas de prevención de riesgos laborales" ni atribuye delitos tampoco a los responsables de la empresa. Tuvo que reabrir la investigación después de que la sección 30ª de la Audiencia Provincial de Madrid lo ordenase en febrero exigiendo que estos responsables fuesen interrogados, asegurando que un informe de la Policía Municipal puso encima de la mesa "varias infracciones que tendrán que ser investigadas".

Dos informes contradictorios

Según documentación a la que ha tenido acceso Radio Madrid, la jueza maneja dos informes que arrojan conclusiones contradictorias, uno de la Inspección de Trabajo dependiente del Ministerio de Empleo, y otro de la subinspección de policía judicial de la Policía Municipal de Madrid, elaborado por el grupo de siniestralidad laboral.

En el primero, la Inspección de Trabajo analiza las circunstancias de la muerte para concluir que "no se han comprobado incumplimientos de entidad que estén directamente relacionados con el accidente de trabajo investigado", por lo que no extiende acta de infracción contra la empresa. El autor del informe comparecerá como perito este miércoles en el juzgado.

En el segundo, los agentes de Policía Municipal - en un informe que ya ha sido ratificado en sede judicial - concluyen que la muerte del trabajador fue "resultado de la falta de formación e información del operario, falta de supervisión y señalización de las tareas y una deficiente planificación de los trabajos encomendados a los operarios de la grúa puente en general". Destaca, por ejemplo, que las medidas de seguridad no fueron modificadas cuando se averió la botonera inalámbrica, que "ha quedado de manifiesto" que el fallecido "no estaba cualificado" para usarla y que "el uso de señalistas hubiera evitado el resultado del siniestro laboral", atribuyendo a los dos imputados delitos de lesiones imprudentes "al haber descuidado sus obligaciones en cuanto a lo exigible en materia de prevención de riesgos laborales".

El informe de la Policía Municipal asegura que cuando elaboró el informe "se ha implementado un procedimiento diferente de trabajo, debiendo ser al menos dos operarios quienes realicen la apertura del almacén, permaneciendo ambos en todo momento".

"No comprendo cómo puede haber ocurrido"

El pasado catorce de abril, después de que la Audiencia Provincial ordenase su interrogatorio, dos responsables de la empresa comparecieron en calidad de imputados: uno, el jefe de explotación de la empresa - el que consiguió manejar el mando y sacar al trabajador de entre los contenedores - defendió su proceder y aseguró que ese trabajo de descarga era realizado por una sola persona y que "la botonera cableada estaba debidamente homologada", destacando que los empleados "tenían la instrucción de nunca meterse entre cajas" y ratificando que en marzo de 2012 impartió un curso de información al respecto.

Ese mismo día también declaró como investigado el director del centro logístico donde trabajaba el fallecido: ante la jueza aseguró que usar estos mandos con cable es "algo habitual", asegurando que "nunca ha habido ninguna queja por falta de medidas de seguridad" y manifestando que "no comprenden cómo puede haber ocurrido el accidente, por tratarse de gente experimentada que lleva años en ese trabajo". Incidió también en que la empresa tiene "instrucciones concretas para sus trabajadores de no acercarse a la carga o situarse en el recorrido de la misma". 

La empresa Railsider Atlántico S.A nació en 2008 después de un acuerdo entre Renfe y el grupo Algeposa: fue constituida con una participación del 49% por parte de Renfe y el restante 51% por parte de Algeposa, según el resumen ejecutivo de la entidad pública, con el objetivo principal de "la captación de tráficos del sector siderúrgico".

El lugar era gestionado por la empresa Algetren, que según el Boletín Oficial del Registro Mercantil fue absorbida por Railsider en diciembre de 2014.

 
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