
Cantabria regulará el derecho a la muerte digna
2.455 personas han registrado su testamento vital, en el que el individuo da las instrucciones que deberán seguirse en lo relativo a tratamientos médicos y al posterior destino de su cuerpo y órganos

Cadena Ser
La Consejería de Sanidad procederá a elaborar una ley autonómica de muerte digna en cuanto el Gobierno Central apruebe la norma a nivel estatal. La consejera, Luisa Real, considera “muy necesaria” su tramitación para regular el derecho de las personas a una muerte sin dolor y para garantizar el amparo de los profesionales.
La consejera es partidaria de regular “lo que uno quiere en la fase final de su vida”.
Comunidades vecinas como Asturias o el País Vasco tienen ley propia al respecto. Sin embargo, señala la consejera, el Gobierno de Cantabria “prefiere esperar para evitar entrar en contradicción con la norma estatal”. Eso no quiere decir, ha asegurado en declaraciones a la Cadena SER, que la Comunidad “no haya adoptado medidas para facilitar ese derecho”.
Cantabria ha actualizado su Programa Integral de Atención Paliativa y trabaja para extender las unidades. Actualmente hay una por cada 100.000 habitantes y el objetivo de la Consejería es “rebajar ese índice para que haya una unidad por cada 80.000 habitantes”.
Cantabria, además, dispondrá de una unidad de cuidados paliativos pediátricos para atender a menores en fase terminal.
Sin embargo, será la ley la que regule definitivamente este derecho. En octubre de 2015 el Parlamento de Cantabria aprobó una proposición no de ley, a inicitiva de Podemos, que contó con el apoyo del PRC y PSOE, la abstención de Ciudadanos y el voto en contra del PP y, desde entonces, no se ha avanzado.
Hace unos días, el Congreso de los Diputados aprobaba debatir una ley de muerte digna, sin incluir la eutanasia. En este sentido, Real considera que la sociedad “está dispuesta” a debatirlo, pero de manera “sosegada” y “sin precipitarse”.
Cantabria reguló el testamento vital en 2006. Actualmente hay registrados 2.455 testamentos vitales, según los datos facilitados por Sanidad. Un documento en el que el individuo explicita las instrucciones que deberán tenerse en cuenta cuando su estado de salud no le permita expresarlas, especialmente en lo relativo a tratamientos médicos y al posterior destino de su cuerpo y órganos.
