
Un juzgado de Palencia reconoce a una profesora que su baja por acoso de alumnos es accidente laboral
La Seguridad Social no apreciaba una conexión concluyente entre su estado de ansiedad y el desempeño de su trabajo

CAROL YEPES (GETTY IMAGES)
El juzgado de lo social número 1 de Palencia ha dictado una sentencia en la que reconoce a una profesora de un instituto de Peñafiel que su baja de varios meses por el acoso que ha sufrido por parte de varios alumnos es accidente de trabajo. La docente había demandado a la Seguridad Social, a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y a la mutua Ibermutuamur. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La sentencia da por probado que la profesora, que era tutora de un curso a la vez que impartía asignaturas a otros, fue víctima de acoso por parte de varios alumnos del centro vallisoletano. Interrupciones constantes, entradas y salidas de clase sin permiso, frases despectivas hacia la docente, negativas a asumir sus órdenes, faltas de respeto continuadas, actitudes chulescas y desafiantes e insultos y amenazas se relatan en una sentencia que no tiene desperdicio en su apartado de hechos probados.
En la resolución se confirma que la autoridad educativa ha impuesto varias sanciones de expulsión y que la profesora llegó a acudir a la Guardia Civil de Palencia para denunciar a uno de sus alumnos menor de edad. De hecho, tuvo que intervenir la Fiscalía de Menores. El menor reconoció su comportamiento conflictivo desde antes de cumplir los 14 años. Cuando se le recordó que si se le incoaba otro parte más sería expulsado, llegó a decir a la docente: "Te vas a ir tú antes que yo, tú vas a ser la siguiente. Como me expulsen te vas a cagar... pareces una torera".
El 9 de enero de este año la profesora, que ha estado asesorada por la abogada Amaya Rodríguez del gabinete de expertos en derecho laboral AFYSE, inició una baja laboral por enfermedad común con el diagnóstico de "ansiedad" con alta el 3 de julio. La Junta reconoció en marzo la imposibilidad psicológica de la docente para afrontar tareas educativas. La Seguridad Social emitió una resolución en la que llegó a decir que no se apreciaba una conexión concluyente entre estado de ansiedad de la profesora y el desempeño de su actividad laboral. Venía a decir que el padecimiento podía deberse a otro ámbito de su vida cotidiana.
Ahora la magistrada que ha dictado la sentencia recuerda que en este caso existió un parte de accidente de trabajo expedido por la Junta de Castilla y León, así como solicitud a la mutua para que prestara atención médica a la profesora. Es más, la propia empleadora reconoce la situación de conflictividad en la que desempeña su trabajo la demandante. El propio médico de atención primaria de la sanidad pública determinó que la reclamante presentaba problemas laborales con miedo a regresar a su puesto de trabajo. Recuerda que ha habido hasta una denuncia penal con sentencia que condena a un alumno por un delito leve de amenazas.
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