Sociedad

La comunidad de vecinos podrá vetar los pisos turísticos en el edificio

El nuevo decreto de Castilla-La Mancha establece que los propietarios podrán permitir o no esta actividad si modifican los estatutos de la comunidad por unanimidad

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Toledo

¿Viven en una comunidad de vecinos donde hay viviendas turísticas? Pues sepan que a partir de la aprobación del decreto que las regula en Castilla La Mancha podrán decidir si pueden operar como tal o no. La norma, que la Junta tiene previsto aprobar el próximo martes, indica que podrán vetarse si se modifican los estatutos de la comunidad. Sus propietarios, en cualquier caso, tienen un año para darlas de alta en el registro.

El decreto establece que es una vivienda turística la que se publicita en internet u otros medios físicos por lo que es fácil detectarlas en el caso de que no se inscriban. Esta circunstancia podría acarrear sanciones de entre 6.000 y 60.000 eurosEn el momento en el que los pisos turísticos estén inscritos, deberán pagar los impuestos correspondientes como actividad económica y facturar el IVA por las reservas.

Al margen de los pisos de uso turístico están los apartamentos turísticos que también entran en la normativa. Hay 500 en la región. ¿En qué se diferencian? Los apartamentos se explotan en régimen de conjunto. Son más de dos, con dependencias comunes, equiparables a los aparthoteles. 

La existencia de viviendas turísticas también dependerá del beneplácito de la comunidad de propietarios, que podrán vetarlas si modifican sus estatutos, por unanimidad, y así lo explicitan. 

Cristina López Huerta

Cristina López Huerta

Licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidad Complutense de Madrid, esta ciudarrealeña...

 
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