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Parque Nacional Guadarrama

Aprobado el decreto que recoge el PRUG del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en Castilla y León

El Plan Rector de Uso y Gestión establece los objetivos de la planificación, criterios de gestión y la zonificación del parque, recoge la relación de actividades clasificadas como incompatibles y compatibles, y entre éstas las específicamente necesarias para la gestión

Aprobado el decreto que recoge el PRUG del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en Castilla y León / Radio Segovia

Segovia

El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el Decreto que recoge el instrumento para la planificación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. La gestión de este parque nacional corresponde a las comunidades de Madrid y Castilla y León y ambas deben asegurar su gestión integral y garantizar la conservación de sus ecosistemas.

El PRUG elaborado por la Junta de Castilla y León para el territorio de esta Comunidad establece los objetivos de la planificación, los criterios de gestión y la zonificación del parque, recoge la relación de actividades clasificadas como incompatibles y compatibles, y entre éstas las específicamente necesarias para la gestión.

La ganadería extensiva es considerada como un uso tradicional compatible y necesario para la conservación de los hábitats y por ello deberá ser fomentada pero bajo unos criterios ambientales. La necesaria actividad forestal estará sometida, además de a criterios exclusivos de mejora y diversificación de las masas, a todos aquellos preceptos que apoyen al respeto de la flora y la fauna que ya esté instalada en las masas arboladas.

Respecto del ciclismo, el PRUG establece una gran red de caminos donde esta prácticas es compatible, recogida en un anejo cartográfico que evitará las interpretaciones de la norma y garantizará la práctica del deporte sin provocar daños ambientales; en el mismo sentido, se establece una regulación dinámica de la escalada que permitirá utilizar la práctica totalidad de las vías existentes definidas en una detallada cartografía de sectores respetando la nidificación de las aves amenazadas. En el mismo sentido, está permitido el sobrevuelo con aeronaves no impulsadas a motor bajo determinadas condiciones, épocas y zonas.

Respecto de la movilidad, el documento contempla un programa dirigido a solventar problemas de tráfico, de saturación de zonas y a reducir el uso del vehículo privado, promoviendo el transporte público y colectivo y reducir la huella de carbono apostando por la utilización de vehículos de bajas o nulas emisiones. En este sentido, se fomenta la visita guiada al parque evitando masificación, apostando por una visita de calidad que satisfaga las expectativas de quien la realiza, provocando así un desarrollo socioeconómico en la zona bajo los criterios de la sostenibilidad.

El Decreto aprobado establece las directrices para la elaboración de los programas sectoriales de actuación, donde se recogerán las medidas para proteger y conservar los valores naturales y culturales del parque, que comprenderán las actuaciones necesarias en materias como conservación, uso público, desarrollo socioeconómico, investigación y educación ambiental, así como su estimación económica.

Igualmente incluye los criterios de colaboración con otras administraciones e instituciones, así como el marco para la integración de los titulares de derechos y de los residentes locales en las actividades asociadas a la gestión del parque nacional y el régimen para la supresión de las actividades clasificadas como incompatibles.

Finalmente recoge también los parámetros e indicadores que habrán de utilizarse para realizar el seguimiento y la evaluación del estado de conservación del parque nacional y del grado de cumplimiento de los objetivos del parque.

El PRUG se sometió a un amplio proceso de participación e información pública llevado a cabo por técnicos de ambas comunidades, Madrid y Castilla y León, y del Organismo Parques Nacionales, quienes movilizaron a las administraciones locales y asociaciones representantes de la población local y propietarios, personal de la administración vinculado a la conservación del territorio, instituciones de investigación, científicos y expertos, entidades de promoción y desarrollo socioeconómico, empresarios, federaciones y clubes deportivos y entidades cuyo fin era la conservación del patrimonio natural y cultural.

Los redactores del documento destacaron en su momento el esfuerzo por ajustarse al complejo marco normativo, con legislación de carácter nacional y de dos autonomías, además de la coexistencia de otras categorías de protección como la Red Natura 2000 y la existencia de unas normas previas que debían servir de base para la redacción del PRUG.

Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama

El Parque Nacional ocupa 33.960 hectáreas de la Sierra de Guadarrama en el Sistema Central, macizo montañoso que divide en dos la meseta castellana y separa las cuencas hidrográficas del Duero y el Tajo y las provincias de Segovia y Madrid. La mayor parte de su superficie lo ocupan las cumbres dominadas por los afloramientos rocosos y los pastos y matorrales de altura.

Se localiza en la parte oriental del Sistema Central y se extiende por las cumbres de la Sierra de Guadarrama, de las cuales casi el 64% corresponde a la Comunidad Autónoma de Madrid y algo más del 36% restante pertenece a Segovia, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El pico Peñalara, con sus 2.428 metros sobre el nivel del mar es la cima de mayor altitud.

Sus principales ecosistemas son los pinares de Pinus sylvestris sobres suelos silíceos, lagunas y humedales de alta montaña, formaciones y relieves de montaña y alta montaña, quejigares y melojares, matorrales supraforestales, pastizales de alta montaña, estepas leñosas de altura y cascajares y pinares, sabinares y enebrales.

El espacio fue declarado Parque Nacional en junio de 2013 y en el ámbito de Castilla y León acoge 19 términos municipales entre el parque nacional y su zona periférica de protección: Basardilla, Collado Hermoso, El Espinar, Gallegos, La Losa, Navafría, Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte, Otero de Herreros, Palazuelos de Eresma, San Ildefonso, Santiuste de Pedraza, Santo Domingo de Pirón, Segovia, Sotosalbos, Torre Val de San Pedro, Torrecaballeros y Trescasas.

 
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