Tribunales

Los padres no tienen que solicitar el certificado de antecedentes sexuales para las actividades extraescolares

Ante la petición de este documento por parte de algunos centros, la conselleria asegura que se trata de una mala interpretación de la ley y solo los profesionales lo requieren

Foto de archivo / Getty Images

Valencia

Según ha sabido la SER, en algunos colegios de la provincia de Valencia se está pidiendo a los padres y madres del alumnado el certificado de delitos de naturaleza sexual para poder participar como voluntarios en actividades puntuales como talleres de lectura o de animacion, charlas sobre su profesion o excursiones con sus hijos e hijas. Un documento que sí han de presentar los profesionales (maestros, monitores y demás personal) que trabajan con los menores y que permite certificar que son personas que nunca han incurrido en delitos de este tipo.

Sin embargo, la Conselleria d'Educació, advertida por la SER de lo que estaba ocurriendo, alega que se trata de una confusión; una interpretación errónea que regula ese decreto porque no es necesario para los padres y madres ya que en esas actividades siempre hay un profesional que sí ha presentado el certificado, obligatorio desde 2015.

Otra cosa es que esa colaboración se convirtiera en permanente, y habitual en ese caso sí que estarían obligados a presentarlo, como el resto de profesionales que tienen un contacto habitual y permanente con los menores.

Santiago Estañan, Director Territorial de la Provincia de Valencia de la Conselleria d'Educació, indica que se ha hecho una interpretación errónea de la norma y que ya se han emprendido las acciones oportunas para tratar de reconducir esa situación que ha sido excepcional. E insiste en que no hay ninguna instrucción de Conselleria exigiendo el certificado a los progenitores.

Santiago Estañan: No existe ninguna instrucción que obligue a los padres a presentar el certificado de antecedentes de delitos de naturaleza sexual

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Esto es lo que dice la Ley sobre los certificados sobre delitos sexuales a menores

La obligatoriedad de presentar este certificado para proteger a los menores contra la explotación y el abuso sexual viene establecida por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, así como por la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

Existe además un Registro Central de Delincuentes Sexuales en el que se incluyen los datos de la identidad y del perfil genético de las personas condenadas mediante sentencia firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía. Se trata de un mecanismo que facilita la prevención, la investigación y persecución de tales delitos y pretende evitar que quienes sean condenados en sentencia firme puedan realizar actividades o ejercer profesiones u oficios en contacto con menores.

En este Registro se encuentran inscritos los condenados por un delito de estas características, sean adultos o menores. Los menores de edad dejarán de figurar en el mismo una vez que hayan transcurridos diez años desde la mayoría de edad. A estos efectos, la cancelación de datos relativos a penas y medidas de seguridad impuestas en esta materia está contemplado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

El certificado es gratuito y puede solicitarse por diferentes canales. En el caso de los trabajadores, pueden hacerlo de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia; de forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en el Centro de Atención al Ciudadano de Madrid, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración Local; o por correo postal dirigido a cualesquiera de las gerencias territoriales o al Centro de Atención al Ciudadano de Madrid.

Haciendo constar su número de móvil en la solicitud, el interesado recibirá por SMS un código seguro con el que descargar el certificado cuantas veces necesite desde la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Las entidades en las que se va a trabajar con menores pueden solicitar el certificado negativo (para acreditar que se carece de antecedentes) de sus trabajadores de forma conjunta, previo consentimiento expreso de estos.

Por su parte, las administraciones públicas pueden solicitar el certificado negativo, con autorización previa del trabajador, directamente a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Los ciudadanos que opten por la solicitud telemática, deben disponer de un certificado digital de usuario válido (DNI electrónico, FNMT).

El Ministerio de Justicia trabaja de forma coordinada con las administraciones autonómicas y locales para facilitar a los ciudadanos este trámite con el que se persigue incrementar el control de los delincuentes sexuales y prevenir su contacto con menores de manera que primen los derechos de éstos sobre cualquier otro.

El Ministerio facilita a través de su página web, toda la información sobre el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Ana Talens

Ana Talens

Redactora de Radio Valencia

 
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