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Abuso menores

El fiscal pide 111 años para un vecino de Sagunto que abusó de siete menores

Las víctimas tenían entre 8 y 14 años en el momento en que se produjeron los hechos

El fiscal pide 111 años para un vecino de Sagunto que abusó de siete menores / Cadena SER

Valencia

La Fiscalía Provincial de Valencia reclama penas que suman 111 años de prisión para un hombre, vecino de Sagunto, acusado de haber abusado sexualmente de siete menores de edad que pertenecían a su misma congregación religiosa (Testigos de Jehová) entre los años 2009 y 2016.

Estos hechos se están juzgando en la sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia.

Las víctimas tenían entre 8 y 14 años en el momento en que se produjeron los hechos, según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, y los abusos se produjeron tanto en el domicilio del procesado como durante viajes y excursiones.

El acusado, en calidad de educador de la congregación, se ofrecía a ayudar a los menores en sus estudios, se ganaba la confianza de sus progenitores y aprovechaba esta situación para obligarles a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.

Las víctimas relatan en numerosas ocasiones que accedieron a los deseos del procesado por temor a sus reacciones violentas, gritos, amenazas o golpes contra las paredes cuando se le llevaba la contraria.

Detallan, asimismo, decenas de abusos en domicilios, coches, campings o habitaciones de hotel, que elegía previamente por su aislamiento acústico para que no se escuchasen los gritos de dolor de sus víctimas.

Los hechos relatados por las víctimas son constitutivos, a juicio del fiscal, de cuatro delitos de agresión sexual, tres de ellos continuados; y siete delitos de abusos sexuales, tres continuados.

En consecuencia, reclama penas de 57 años de prisión por los cuatro primeros delitos y 54 por los otros siete.

En concepto de responsabilidad civil, se reclama el pago de 60.000 euros para tres de las víctimas y de 15.000 euros para las otras cuatro.

El fiscal reclama, asimismo, que se prohíba al acusado realizar cualquier trabajo que requiera contacto regular y directo con menores o comunicarse con las víctimas durante 20 años, e idéntico periodo de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena.

 
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