Sociedad

El forense no ve relación entre el fallo del desfibrilador y la muerte de un hombre en la Ciudad de la Justicia de València

El informe recoge que no hubo ninguna imprudencia en relación a la muerte del hombre porque, aunque no funcionara el desfibrilador, el individuo presentaba factores de riesgo como una cardiopatía crónica o la presencia de cocaína en la sangre

Uno de los desfibriladores de la Ciudad de la Justicia de València falló en octubre cuando un hombre que acudía a un juicio sufrió un infarto / Europa Press Archivo

Valencia

El informe forense ha concluido que no existe relación de causa entre el fallo del desfibrilador de la Ciudad de la Justicia de València y el fallecimiento de un hombre que sufrió un infarto momentos antes de ser juzgado por un asunto de drogas el pasado mes de octubre. Es por esto que Fiscalía solicita el sobreseimiento de las actuaciones seguidas en un juzgado de la ciudad.

En concreto, el informe recoge que no existe ninguna conducta imprudente en relación al fallecimiento del hombre: "El no correcto funcionamiento del desfibrilador no aporta relación de causalidad con el hecho ante la existencia de claros factores de riesgo como la cardiopatía isquémica crónica y la presencia de cocaína en la sangre", contempla.

La Fiscalía pide el archivo de la causa

Es por este motivo por el que el fiscal encargado de este procedimiento ha solicitado al juzgado el sobreseimiento provisional de las actuaciones. El suceso se registró el pasado 17 de octubre por la mañana, cuando el hombre, de 55 años, acudió a la Ciudad de la Justicia para ser juzgado por tráfico de drogas. En un momento determinado, se sintió indispuesto y se desmayó.

El hombre fue atendido inicialmente por médicos que estaban presentes y un facultativo forense, que realizaron maniobras de reanimación cardiopulmonar básicas. No pudieron utilizar el desfibrilador de los juzgados puesto que se encontraba sin pilas y, por ello, "no funcionó correctamente", mantiene el fiscal.

A la llegada de los servicios sanitarios, el hombre presentaba un ritmo de taquicardia ventricular sin pulso, por lo que se iniciaron maniobras de reanimación cardiopulmonar avanzada con terapia eléctrica en varias ocasiones y aplicación del dispositivo de ayuda al masaje cardiaco que resultaron infructuosas. Finalmente falleció.

De la analítica practicada en sangre al hombre se detectó la presencia de cocaína (06 mg/l) y benzoilecgonina (0,4 mg/l). Se solicitó también un informe al Instituto de Medicina Legal para saber si el correcto funcionamiento del desfibrilador podría haber sido determinante en el resultado de su muerte.

El médico forense, en un informe de fecha 13 de noviembre, informó que no existió ninguna conducta imprudente ni relación de causa. Por estos motivos, el fiscal ha solicitado al juzgado el archivo de las actuaciones.

Contrato de mantenimiento

El desfibrilador no se pudo utilizar porque no tenía las pilas recomendadas por el fabricante, según desvelaron fuentes de la Conselleria de Justicia, ni contrato de mantenimiento desde 2016. El último contrato de mantenimiento del aparato se firmó ese año, es decir, en 2016, momento en el que se fijó la próxima revisión en noviembre de 2019.

En mayo de 2018 se alertó a la Dirección de Justicia de que se debía actualizar el mismo pero no se hizo al aprobarse un plan de mantenimiento de sedes judiciales por siete millones de euros.

Este plan dejó fuera el asunto de los desfibriladores, pero este extremo no se conocía, según apuntaron en su momento fuentes de la conselleria, hasta que tuvo lugar el incidente con el hombre infartado en la Ciudad de la Justicia.

 
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