Sociedad

Un juzgado ordena que 5.200 funcionarios de la JCCM sigan teletrabajando

Medidas cautelares tras el recurso del sindicato STAS-CLM contra la resolución que ordenaba la reincorporación

más de 5000 funcionarios de Castilla-La Mancha han estado teletrabajando durante el confinamiento por Covid-19 / Cadena SER

Toledo

Los funcionarios de la Junta de Comunidades que han prestado sus servicios desde casa a raíz de la declaración del estado de alarma por la crisis del coronavirus podrán seguir haciendo teletrabajo sin obligación de acudir de manera presencial a su puesto de trabajo, como había ordenado la Dirección General de la Función Pública en una resolución. La Junta dictó a última hora de ayer un oficio que daba marcha atrás a esta decisión recurrida por el sindicato STAS-CLM

 El juzgado número 2 de Toledo ha dado razón al sindicato dictando medidas cautelarisimas para que 5200 empleados públicos que han estado realizando su tarea en remoto puedan permanecer por el momento trabajando desde casa, mientras lo establezca el Ministerio de Sanidad en la regulación de la desescalada. El sindicato cree que de este modo se evita la sobre exposición de los trabajadores. Su portavoz, Gustavo Fabra,  en declaraciones a la SER, valora la labor desarrollada por los funcionarios que se han demostrado eficaces durante la crisis Covid y considera que es mejor negociar la reincorporación del personal a sus centros de trabajo, porque hay oficinas que tienen más espacio que otras. Los servicios centrales por ejemplo frente a las delegaciones provinciales.

Según los razonamientos jurídicos del auto, el juzgado puede acordar esta medida cautelar en el plazo de dos días, dada la "concurrencia de circunstancias de especial urgencia", sin oír a la parte contraria y sin posibilidad de recurso, si bien el órgano judicial da audiencia a la parte contraria para que en el plazo de tres días alegue lo que estime procedente y a partir de ahí poder dictar otro auto sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida.

STAS fundamenta su recurso en que las medidas de la Administración regional para la reincorporación física a los puestos de trabajo no han sido objeto de negociación con los sindicatos y que ha otorgado preferencia al trabajo presencial frente al telemático, lo que contraviene las normas establecidas por las autoridades sanitarias y conlleva poner en riesgo de contagio a 5.000 empleados públicos.

La justicia ha entendido que evitar la propagación del virus y el derecho a la protección a la salud, que puede verse afectado por el riesgo de contagio ,han de primar frente a la reincorporación presencial de los trabajadores.

 
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