Sociedad

El juez limita el confinamiento a un primer periodo de siete días prorrogables

El magistrado pide a la Junta que compense el esfuerzo que se está pidiendo a la población de Aranda agilizando la detección de casos para sustituir cuanto antes el confinamiento general por aislamientos particulares

Solicita que se envíe al juzgado un informe de situación dos días antes de finalizar el primer periodo de confinamiento para decidir sobre su continuidad

Juzgado de lo Contencioso / Cadena SER

Aranda de Duero

Ratificado el confinamiento pero de momento solo por siete días: es la decisión que ha adoptado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos ante la petición de la Junta que necesitaba el respaldo judicial para que las medidas especiales de contención de la pandemia en Aranda estuvieran plenamente vigentes. Y de momento lo van a estar a la mitad, al menos en cuanto al periodo de tiempo en que se van a aplicar: en principio será de siete días, aunque el juez abre la posibilidad de nuevas prolongaciones siempre por periodos de tiempo de una semana y dependiendo de cómo evolucione la situación. Lo hace el juez argumentando que las medidas que se proponen deben ser el ultimo recurso cuando dejan de funcionar otras anteriores, como la prevención individual o la detección de los focos de contagio.

El juez reconoce el incremento significativo en el número de contagios por coronavirus de los últimos que aconsejan la adopción de medidas de forma inmediata que reduzcan la transmisión en la población de Aranda y con los residentes de otras localidades. Pero el magistrado matiza que la decisión no se adopta por la gravedad de los pacientes (recuerda que más del 92% son asintomáticos y apenas hay hospitalizaciones por este motivo) sino por la existencia de transmisión comunitaria al no poder determinarse todos los focos a través de los mecanismos de rastreo.

“Ahora bien, y esto es especialmente relevante” dice el juez “si actualmente, con los datos que tenemos, la enfermedad no ha provocado una situación de gravedad en los pacientes, y, por lo tanto, los servicios sanitarios funcionan con normalidad, las limitaciones de movimientos y de la posibilidad de reunirse con colectivos mayores de 10 personas sólo pueden entenderse, y mantenerse, mientras esta situación de descontrol siga existiendo.”

Por este motivo al juez no le parece adecuado asimilar los 14 días de incubación de la enfermedad con los que tiene que producirse el confinamiento, sino que las medidas deben dejar de estar en vigor en cuanto la situación vuelva a estar bajo control. Y para ello considera que la Junta de Castila y León debe hacer un esfuerzo mayor por identificar a las personas infectadas para que sean ellas quien cumplan medidas individuales de confinamiento. “Es mucho lo que se les está pidiendo a los ciudadanos de Aranda de Duero y no puede ser menos el esfuerzo de la Junta de Castilla y León al respecto. De esta forma, si antes de esos 14 días, la Junta de Castilla y León pudiera tener un conocimiento razonable del origen de los focos y localizar a las personas afectadas, confinándolas, las medidas generales deberían decaer.”

En consonancia con sus argumentos el juez ratifica las medidas de contención de la pandemia en Aranda con una duración máxima de 7 días. El magistrado solicita un informe dos días antes de que finalice este periodo sobre la situación de los focos y los indicios de otros no detectados para decidir sobre la continuidad o no de la medida.

 
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