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Sanidad fija el cierre de los establecimientos no esenciales en Cantabria a las 21:30

La Consejería de Sanidad ha fijado, con la aplicación del toque de queda desde las diez de la noche, una limitación horaria para que los establecimientos abiertos al público no cierren más tarde de las 21.30 horas

El presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla (i) junto al vicepresidente, Pablo Zuloaga (2i) y el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez (3i) durante la rueda de prensa de este jueves en Santander en la que han anunciado que Cantabria adelante el toque de queda a las 10 de la noche a partir del sábado. / Pedro Puente Hoyos EFE

Santander

La Consejería de Sanidad ha fijado, con la aplicación del toque de queda desde las diez de la noche, una limitación horaria para que los establecimientos abiertos al público no cierren más tarde de las 21.30 horas, a excepción de centros sanitarios, residenciales o de servicios sociales, farmacias, clínicas veterinarias y estaciones de servicio.

No podrán admitirse además nuevos clientes a partir de las nueve de la noche, según se recoge en la resolución de la Consejería de Sanidad que acaba de publicar el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), junto al decreto del presidente, Miguel Ángel Revilla, que amplía el toque de queda desde las diez de la noche.

La resolución de Sanidad recoge otras limitaciones, como que los aseos, vestuarios, salas de lactancia o similares tendrán una ocupación máxima de una persona en espacios de hasta 4 metros cuadrados, salvo en los supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante.

Para aseos de más de 4 metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será del 50 por ciento del número de cabinas y urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso una distancia de seguridad de 1,5 metros.

También se señala que deberá reforzarse la limpieza y desinfección de estos espacios.

Se suspenden las actividades de animación o clases grupales en espacios cerrados.

Y en espacios al aire libre las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas, salvo convivientes.

Se respetará la distancia mínima de seguridad entre las personas que asistan a la actividad y entre estos y el animador o entrenador y se evitará el intercambio de material.

Además los participantes deberán figurar en un registro.

Además, entre las medidas figura además que se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de seis personas salvo convivientes.

Solo se podrán llevar a cabo pruebas presenciales de procesos selectivos convocados por entidades del sector público, respetando las medidas de higiene y prevención tanto para los aspirantes como para los miembros de los órganos de selección y sus colaboradores y respetando las instrucciones que, en su caso, adopte la autoridad sanitaria.

Sólo podrán desarrollarse las pruebas presenciales en las que la convocatoria simultánea de aspirantes no sea superior a diez.

Cuando su realización se lleve a cabo en locales cerrados, no deberá superarse el 50 por ciento del aforo máximo, guardando la distancia interpersonal de 1,5 metros.

PERSONAL MÉDICO

La resolución de Sanidad destaca que podrá acordarse por el órgano competente la prórroga de los nombramientos vigentes del personal estatutario temporal adscrito a la unidad de vigilancia epidemiológica e intervención de la Gerencia de Atención Primaria y del personal funcionario interino por acumulación de tareas con funciones de vigilancia epidemiológica adscrito a la Dirección General de Salud Pública.

La prórroga no podrá extenderse en ningún caso más allá de la fecha de declaración de la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid.

Esta resolución de Sanidad se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, mientras que el decreto del presidente ha de recurrirse ante el Tribunal Supremo.

 
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