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Las sanciones por abrir el día 4 pueden oscilar entre los 3.000 y los 60.000 euros

El abogado Alejandro Pastor reconoce que, aunque pueda existir una colisión de derechos la Ley está de parte de la Junta

Los hosteleros que decidan abrir el día 4 pueden enfrentarse a grandes sanciones / Getty Images

Palencia

Prosigue el pulso entre gran parte de los hosteleros palentinos y la Junta de Castilla y León ante el posible mantenimiento del cierre de sus establecimientos. Hemos querido conocer a qué sanciones pueden enfrentarse aquellos que decidan abrir el 4 de diciembre aunque no esté permitido. Según se recoge en la normativa sancionadora de la propia Junta las sanciones pueden ir de los 3.001 a los 60.000 euros, además, se puede aplicar la sanción accesoria del cierre del establecimiento.Como es evidente, la posibilidad de abrir depende de la evolución de los contagios. Todo está pendiente de la evolución de los contagios. En la provincia estamos lejos del objetivo de bajar de los 400 contagios por cien mil habitantes, aunque en la capital los datos son mejores.

La declaración del estado de Alarma el pasado mes de octubre delega a las comunidades autónomas la normativa y restricciones mientras esté en vigor. Según el abogado palentino Alejandro Pastor, aunque hay quién ya habla de colisión del derecho al trabajo con estas restricciones, lo ceirto es que en la normativa está perfectamente aclarado que es legal aunque, fuera más propio de un estado de Excepción esta decisión. Quienes el día 4 opten por abrir pueden acabar en los juzgados, lo normal es que las fuerzas del orden abran propuesta de expediente sancionador y, una vez incoado, se pueda alegar. Sin embargo, parece que, a priori, la ley está del lado de la Junta.

 
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