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Santander impone cláusulas "abusivas" a los inquilinos de sus viviendas protegidas

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 considera que algunas cláusulas son contrarias a la Ley de Arrendamientos Urbanos

El Ayuntamiento obliga al arrendatario a pagar dos meses por adelantado y le imputa los gastos del IBI y de la comunidad

Imagen de archivo de un bloque de viviendas de protección oficial. / Getty Images

Santander

Un juez considera “abusivas” las cláusulas que la Sociedad de Vivienda y Suelo de Santander impone a la inquilina de una vivienda de protección oficial en régimen de alquiler.

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander argumenta que varias de las cláusulas que fija el Ayuntamiento de Santander son contrarias a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Lo hace en una sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER y en la que declara como procedente el desahucio de la inquilina de una de estas viviendas por no haber hecho frente al pago de varias mensualidades.

Pero lo novedoso son las consideraciones que realiza el magistrado, que sostiene que el contrato suscrito recoge cláusulas que son abusivas y contrarias a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En el contrato, la Sociedad de Vivienda y Suelo de Santander exige al arrendatario dos meses de fianza; le imputa los gastos del IBI, de la comunidad de propietarios y le obliga a sufragar la reparación de electrodomésticos.

Otra cuestión que llama la atención al juez es que la Sociedad de Vivienda y Suelo obligua al arrendatario a hacerse responsable de la derrama de constitución de la comunidad e incluso a sufragar otros desperfectos que puedan producirse en elementos de la vivienda como el fregadero, la nevera o campana extractora.

En la sentencia, el juez falla a favor de la Sociedad de Vivienda y Suelo de Santander obligando a la inquilina a pagar cerca de 4.000 euros por la suma de mensualidades pendientes, aunque detrae de esa cantidad los recargos de las cláusulas dispuestas porque las considera nulas.

Cláusulas que son obligación del arrendador, subraya el juez, y más teniendo en cuenta, dice textualmente, que se trata de un contrato de alquiler social.

Alquiler ‘social’ de 517 euros al mes

La abogada de la inquilina pone en cuestión el carácter social del alquiler que cobra la SVS del Ayuntamiento de Santander, que se eleva hasta los 517 euros mensuales.

El Ayuntamiento de Santander guarda silencio. El consistorio no ha querido responder a ninguna de las preguntas planteadas por la Cadena SER entorno a este tipo de contratos y, en concreto, a si estos contratos con cláusulas “abusivas” afectan a más adjudicatarios de las viviendas protegidas en régimen de alquiler de la capital cántabra.

 
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