Sociedad
Movilidad nocturna

Ningún expediente incoado durante el fin de semana por incumplir el toque de queda de las 20 horas

El Tribunal Supremo determinará la legalidad del acuerdo de la Junta sobre la restricción de movilidad nocturna

Comisaría de policía / Cadena Ser

Soria

Las fuerzas de seguridad del Estado no han incoado ningún expediente sancionador en Soria por incumplimiento del toque de queda adelantado a las 20.00desde el sábado. La incertidumbre ha sido la constante durante todo el fin de semana entre los sorianos que dudaban entre volver a casa a las 20.00 horas o a las 22.00. La duda surgió por la decisión del Gobierno de recurrir ante el Tribunal Supremo el acuerdo de la Junta de Castilla y León que entró en vigor el sábado a las 16.00 horas. El Gobierno considera que la regulación contenida en el Acuerdo vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el Estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial “que la hora de comienzo de la limitación prevista [.…] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas”.

Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada, sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de “modulación” que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2000 como la disposición transitoria única del Real Decreto 956/2000 otorgan a las autoridades competentes delegadas, toda vez que dicha modulación comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, pero no – como es el caso – de intensificarlas o agravarlas. Se trata, en consecuencia, de una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del Estado de alarma definido en el Real Decreto 926/2000.

 

 
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