Política
Urbanismo

El Consell acuerda la suspensión parcial del PGOU de Xàbia

También se inicia el procedimiento de aprobación de las Normas Transitorias de Urgencia

Término de Xàbia desde los Molinos de la Plana. / Miriam Pagán

Xàbia

El Consell ha aprobado el acuerdo por el que se suspende parcialmente el Plan General de Ordenación Urbana de Xàbia y se inicia el procedimiento de aprobación de Normas Transitorias de Urgencia para los ámbitos suspendidos de este municipio.

Así informa el propio Consell en nota de prensa.

El Ayuntamiento de Xàbia inició en 2011 la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) vigente desde 1990. Conforme a la nomenclatura de la vigente Ley 5/2014, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), el PGOU en tramitación pasó a denominarse Plan General Estructural (PGE).

El pleno del Ayuntamiento de Xàbia determinó someter la versión preliminar del PGE a participación pública, y dispuso suspender licencias y acuerdos de programación en los ámbitos del PGE donde no existiera compatibilidad entre la antigua y la nueva ordenación, así como los Programas de Actuación Integrada (PAI) incompatibles con la nueva ordenación establecida en el PGE. La referida suspensión de licencias expiró el día 7 de junio de 2019.

También mediante acuerdo plenario, el ayuntamiento ha manifestado a la Generalitat, la necesidad de preservar la ordenación propuesta en el PGE en tramitación por entender que es de interés público. Así, considera conveniente acogerse a la posibilidad de suspensión del planeamiento prevista en la LOTUP.

En este acuerdo plenario también se concreta en detalle, para cada uno de los ámbitos señalados, la necesidad de esta suspensión. En ese sentido, la petición de suspensión de la eficacia del PGOU 1990/1991 no reviste carácter global, sino que únicamente se propone respecto a unas zonas y ámbitos que se identifican debidamente.

Así, la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad estima que el ayuntamiento ha justificado adecuadamente la necesidad de su propuesta de suspensión, tanto en lo que se refiere a la preservación de la ordenación del nuevo PGE (y el interés público que conlleva esta medida), como respecto a la garantía de la sostenibilidad económica y el mantenimiento sin alteraciones de la libre competencia en la oferta inmobiliaria dentro del término municipal de Xàbia.

El informe jurídico de la Dirección General de Urbanismo ha puesto de manifiesto la viabilidad jurídica de la suspensión propuesta por el municipio, así como, de acuerdo con el informe emitido por la Abogacía de la Generalitat, la necesidad de dictar Normas Transitorias de Urgencia para el ámbito de la suspensión hasta que se produzca su alzamiento. Estas Normas que tendrán que ser sometidas al trámite de información pública con carácter previo a su aprobación.

La aplicación práctica de la suspensión y la de las Normas Transitorias de Urgencia corresponden al Ayuntamiento de Xàbia, que deberá justificar razonadamente su aplicación en cada caso concreto, y en particular en las peticiones de licencia urbanística que resulten afectadas.

La suspensión entrará vigor con la publicación de este acuerdo del Consell, a fin de evitar que una eventual solicitud de licencia de obras pueda dificultar o contravenir la finalidad preservatoria perseguida por aquella. La suspensión se mantendrá hasta la entrada en vigor del PGE de Xàbia y, en todo caso, finalizará transcurridos cuatro años desde la publicación del presente acuerdo.

Las Normas Transitorias de Urgencia, por el contrario, tendrán que seguir su procedimiento específico, que incluye el trámite de información pública, concluido el cual se producirá su aprobación y subsiguiente entrada en vigor.

 
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